Globos

    Desde el 8 de abril de 2019 la utilización de un globo está sujeta al cumplimiento con los requisitos del Reglamento (UE) 2018/395 de la Comisión 13 de marzo de 2018.

    Este reglamento regula tanto la operación comercial como la operación no comercial de globos. En el caso concreto de la operación no comercial no se requiere ningún tipo de autorización o declaración de cumplimiento para operar un globo.

    Por otro lado, el citado reglamento incluye las disposiciones relativas a aeronavegabilidad inicial, continuada y licencias de pilotos, de tal manera que en un único reglamento se encuentran todos los requisitos necesarios para utilizar un globo, facilitando de esta forma para el usuario el acceso y el entendimiento de los requisitos aplicables.

    Si tiene cualquier duda o pregunta, puede dirigirse al buzón globos.aesa@seguridadaerea.es

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