Suspensión de limitaciones operacionales

    La operación de aeronaves de estructura ultraligera (ULM) y de aquellas aeronaves que necesitan el concurso directo del esfuerzo físico de un ocupante para su despegue o aterrizaje, como son los parapentes y las alas delta, está sujeta a las limitaciones operativas establecidas en el artículo 4, apartado 1 del Real Decreto 765/2022 de 20 de septiembre.

    No obstante lo anterior, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, con carácter excepcional por causa justificada y previa petición razonada puede dejar en suspenso alguna estas limitaciones operativas, de acuerdo con lo indicado en el apartado 3 del artículo anterior.

    La solicitud de suspensión de limitaciones operacionales debe dirigirse a la Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea indicando, además de lo requerido en el artículo 66 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre:

    • Actividad
    • Causa excepcional por la que se realiza la solicitud.
    • Fechas y horario (UTM).
    • Aeronaves o participantes para los que se solicita la suspensión.
    • Coordenadas del espacio aéreo en el que se realizará la actividad y la altura/altitud con indicación de si se trata de espacio aéreo controlado o no controlado.

    Instrucciones para las coordenadas:

    • Las coordenadas deben indicarse en grados, minutos y segundos, pero sin los símbolos. Hay que indicar los puntos cardinales en sus siglas en inglés (Norte – N, Sur –S, Este- E, Oeste – W).
    • Es necesario separar latitud y longitud por un espacio.
    • Ejemplo: 384045N 0023433W sería correcto
    • La indicación de altitud en la solicitud deberá realizarse en FT MSL.
    • Se debe enviar fichero json con la solicitud. Este fichero de coordenadas se genera a través de Insignia (https://insignia.enaire.es/)

    No se aceptarán solicitudes que no cumplimenten correctamente estos datos. Además, no se dará recepción a entradas que hayan sido presentadas con menos de 30 días de antelación, en cumplimiento a lo establecido en AIC 02/90.

    Encontrará información adicional en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea a la que puede acceder pulsando en el siguiente vínculo:

     

    Acceso a la Sede Electrónica

     

    Si tiene cualquier duda o pregunta, puede dirigirse al buzón aviaciongeneral.aesa@seguridadaerea.es

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