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Aeronaves de estructura ultraligera ULM

El artículo 2.3 d), del Reglamento (CE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo excluye del ámbito de aplicación de la regulación europea a aquellas aeronaves que reúnen las características indicadas en el Anexo I al citado reglamento.

Dentro de las aeronaves excluidas se encuentran las aeronaves de estructura ultraligera, o ULM, a las que resulta de aplicación la regulación nacional.

En la actualidad la regulación aplicable a la operación, el mantenimiento y las licencias requeridas para pilotar estas aeronaves se recoge en las siguientes normas:

Si tiene cualquier duda o pregunta, puede dirigirse al buzón aviaciongeneral.aesa@seguridadaerea.es para consultas relativas a:

  • Operaciones no comerciales con avión y helicóptero;
  • Operaciones de aviación general con otro tipo de aeronaves.

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