Licencias al personal de vuelo
Licencia de Piloto de ULM
¿Qué es una aeronave de estructura ultraligera o ULM?
En proceso de actualización
¿Cómo puedo obtener la licencia de ULM?
Para poder actuar como piloto de ULM en la habilitación o variante correspondiente, es necesario obtener la licencia de piloto de ULM regulada en el Real Decreto 123/2015 de 27 de febrero.
Para obtener la licencia de piloto de ULM la parte aspirante debe tener una edad mínima de 18 años y realizar un curso teórico-práctico en una organización de formación ULM autorizada por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Puedes consultar el listado de centros autorizados aquí
Así mismo, deben cumplirse unas condiciones psicofísicas determinadas que quedan acreditadas mediante la obtención de un certificado médico aeronáutico clase LAPL o clase 2. El certificado médico puedes obtenerlo y renovarlo a través de un Centro Médico Aeronáutico autorizado o Médico examinador aéreo. Consulte aquí los medios autorizados por AESA
Tras realizar el curso de formación la parte aspirante debe superar un examen teórico tipo test realizado por AESA así como un examen práctico que consistirá en una prueba de vuelo.
Trámites asociados a la licencia de ULM
Tanto para solicitar tu licencia, tras superar los exámenes teórico y práctico de ULM, como para actualizar el contenido de la misma (por ejemplo, revalidaciones, anotación de nuevas habilitaciones o renovaciones), debes remitir ante AESA el formato de solicitud y la documentación que se indica en la misma, para el tipo de trámite a solicitar:
La documentación se remitirá a través de alguna de opciones contempladas para ello. Puedes consultar las opciones aquí
En caso de duda sobre la documentación a aportar en las opciones descritas en esta sección por favor contacta con nosotros
La licencia de ULM se emite bajo el formato de licencia con firma electrónica, de acuerdo con la regulación vigente
Registro de tiempo de vuelo en ULM
Como titular de una licencia de piloto de ultraligero deberás llevar y mantener actualizado un registro de tiempo de vuelo o logbook, de acuerdo con lo indicado en el artículo 8.4 del Real Decreto 123/2015 de 27 de febrero.
En el registro de tiempo de vuelo (logbook), irás recopilando toda la información relevante y te será muy útil, pues es el documento reconocido para acreditar la experiencia de vuelo para la revalidación de las habilitaciones de tu licencia y para otros trámites que puedas necesitar.
En el siguiente documento encontrarás material informativo sobre cómo registrar tu tiempo de vuelo Registro de tiempo de vuelo ULM
¿Cómo ser instructor de vuelo de ULM?
Para poder ser instructor de vuelo de ULM es necesario obtener la correspondiente habilitación de instructor anotada en la licencia de ULM.
Puedes consultar toda la información relativa a la obtención de esta habilitación pulsando aquí
Cómo presentar la documentación
- A través de nuestra Sede Electrónica de AESA enlace a trámite
- Un registro electrónico de la Administración General del Estado, de las Administraciones de Comunidades Autónomas o de las entidades que integran la Administración Local.
- En las oficinas de Correos
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registros.
- A través de servicio postal o bien de forma presencial en las oficinas de AESA en Madrid
Agencia Estatal de Seguridad Aérea-AESA
División de Licencias al Personal Aeronáutico
Paseo de la Castellana 112
28046.Madrid. España
De acuerdo con lo indicado en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispones de las siguientes opciones para hacernos llegar tu solicitud y documentación:
En caso de empresas y entidades españolas o con sede en España sólo a través de Solicitud general | Sede AESA
En caso de representación en los trámites consulte el siguiente documento Representación en el ámbito de la administración electrónica
Recuerda: la documentación remitida a través de correo electrónico no es objeto a trámite
Información de interés
- Resolución de 19 de junio de 2020 de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea relativa a las licencias electrónicas del personal de vuelo.
- Carta de Servicios de Licencias del Personal Aeronáutico de Vuelo.
Nota informativa sobre aeronaves construcción aficionado y licencia de vuelo
Normativa
Puedes consultar la normativa y regulaciones aplicables a través de Normativa licencias y medicina aeronáutica | AESA
Contacta con la División de Licencias al Personal Aeronáutico
Si tienes dudas sobre los trámites indicados en esta sección puedes contactar con nosotros a través de licpiloto.aesa@seguridadaerea.es
Consulte nuestro horario de atención telefónica aquí