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Preguntas frecuentes

Esta Resolución de AESA tendrá vigencia durante el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 hasta el día 14 de noviembre de 2020, ambos incluidos. Cada una de las medidas contempladas en ella se aplicará en los plazos que se establecen en los respectivos apartados; medidas y plazos que podrán ser modificadas mediante una nueva Resolución de AESA de fecha de esta Dirección

De menor severidad a mayor: observaciones, no conformidades nivel 2, no conformidades nivel 1.

La principal diferencia práctica en el marco de una inspección es que las observaciones no es obligatorio subsanarlas formalmente (subsanación voluntaria), mientras que para las no conformidades se exige establecer un plan de acciones correctoras.

Las evidencias de subsanación que establece el plan de acciones correctoras (PAC) junto a las fichas (archivo Excel) asociadas. Dichas fichas son entregadas al inspeccionado al comunicar el PAC. No se considera completa la entrega de documentación sin aportar estas fichas debidamente cumplimentadas.

Sí, siempre y cuando exista una causa que lo justifique. Y dicha solicitud se tramite antes del vencimiento de la fecha establecida en el plan de acciones correctoras (PAC). No se admiten solicitudes de cambio de plazo una vez haya vencido el plazo de comunicación de subsanación establecido en PAC.

No. La documentación sin firmar no se considera evidencia de subsanación fehaciente. No se admiten borradores. Los documentos deben ser los definitivos, ya revisados y firmados por los responsables correspondientes.

En el caso de recibir un acta sin incumplimientos, o que solo incluya observaciones, no será necesario proponer acciones correctoras.

En el caso de que se hayan detectado no conformidades (de cualquier nivel), será necesario proponer acciones correctoras.

Se pueden comunicar en cualquier momento una vez reunidas las evidencias de subsanación correspondientes.

El alcance de la inspección de servicios centrales es el de sus manuales (operación, SGS, mantenimiento, etc.) y la aplicación de aquellos procedimientos que la organización realice de manera centralizada.

En primer lugar nos pondremos en contacto con los interlocutores habituales de la organización inspeccionada para pedir unos datos previos necesarios para el inicio de la inspección. Con este primer contacto informamos también de la fecha prevista de inspección y el alcance que tendrá ésta.

Posteriormente y cuando es notificada la comunicación de incoación de actuaciones inspectoras (CIAI) es cuando formalmente se inicia la inspección.

Tras recibir el Acta de inspección se inicia la fase de propuesta de plan de acciones correctoras.

Es en este momento en el que se deben proponer subsanaciones para aquellas no conformidades en el documento propuesta de plan de acciones correctoras (PPAC).

En cuanto a las observaciones, no se requiere que se propongan acciones.