Vuelos con UAS/Drones (Zonificación)

    Recuerda que para realizar vuelos u operaciones con drones se debe estar registrado y disponer de número de operador de UAS (apartado de registro de operador de UAS).

    Además de las reglas generales de operación de drones en función de la categoría operacional (Operaciones con UAS/drones), dependiendo del lugar de operación o el tipo de actividad a desarrollar, el operador puede estar sujeto al cumplimiento de otros requisitos o encontrar limitado o prohibido el vuelo.

    Según sea la naturaleza de la operación pretendida aplicarán las siguientes condiciones de uso del espacio aéreo que por su contenido establecen requisitos asociados a zonas geográficas de UAS:

    • Las actividades profesionales deberán respetar las condiciones de uso del espacio aéreo y requisitos de equipos establecidas en el Real Decreto 1036/2017 y en el capítulo XI del Real Decreto 1180/2018.
    • Las actividades deportivas, recreativas, de competición y exhibición, así como las actividades lúdicas propias de las aeronaves de juguete deberán respetar las condiciones de uso del espacio aéreo que marcan las disposiciones adicionales primera, segunda y tercera del Real Decreto 1036/2017. Se destaca, salvo excepciones, la prohibición de vuelo en espacio aéreo controlado y zonas prohibidas y restringidas.
    • Las actividades profesionales NO EASA (LCI, SAR, policías, aduanas…) han de cumplir con lo prescrito en el Real Decreto 1036/2017 y en el capítulo XI del Real Decreto 1180/2018.

    En la siguiente guía se proporciona información detallada sobre los requisitos y limitaciones al vuelo en determinados lugares como espacio aéreo controlado, sobre aglomeraciones de edificios, en zonas prohibidas y restringidas, etc.: 

    En la aplicación de ENAIRE drones se pueden consultar las áreas en las que existen prohibiciones o restricciones al vuelo de drones, así como zonas peligrosas y otras alertas:

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