Otras Actividades

Acuerdos y Coordinaciones


    La Agencia Estatal de Seguridad Aérea, mantiene una estrecha relación con el resto de las autoridades del ámbito aeronáutico, a través de acuerdos y conformidades. Estas son: ANSMIL (Autoridad Militar) y ANSMET (Autoridad meteorológica).

    Por otro lado, se han establecido bloques funcionales de espacio aéreo (FAB) transfronterizos, basados en requisitos operacionales, con objeto de lograr una organización más racional del espacio aéreo. En este contexto, la localización geográfica de Portugal y España en el extremo suroccidental de Europa y las características de los respectivos tráficos convierten a ambos Estados en socios naturales para establecer un bloque funcional de espacio aéreo (SW FAB), de manera que actualmente ENAIRE está participando activamente, junto con el resto de actores implicados, en diversas áreas y a distintos niveles en la implantación del SW FAB.
    Así mismo, AESA participa también en los grupos de trabajo definidos conforme al Reglamento de Ejecución (UE) 2019/123 de la Comisión para el proceso de toma de decisiones por el Gestor de Red (EUROCONTROL) para la coordinación de aspectos que pueden tener impacto en la Red Europea de tránsito aéreo

Desvío de trayectorias


    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento de inspección aeronáutica, aprobado por Real Decreto 98/2009, de 6 de febrero, y los artículos 9.1 y 28 del Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, la Dirección de Seguridad de Aeropuertos y Navegación Aérea de AESA es el órgano administrativo encargado, por razón de la materia, de analizar, en el marco de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las denuncias que se reciban en la AESA por presuntos desvíos de trayectoria respecto a la publicada en AIP.

    AESA determina si los hechos descritos en las citadas denuncias pueden ser constitutivos o no de una infracción administrativa en materia de aviación civil, procediéndose, en caso afirmativo, a formular la correspondiente propuesta de incoación de procedimiento sancionador.

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