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Última modificación: Miércoles, 22 Abril 2026

Carta de servicios

En relación con los plazos que tiene esta Agencia para la emisión y notificación del acuerdo previo sobre la realización de actuaciones en las zonas de servidumbre aeronáutica y de obstáculos de gran altura, según Artículo 33.6 del Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea, el plazo máximo será de seis meses, transcurrido el cual se entenderá emitido en sentido desfavorable 

No obstante, y sin prejuicio del plazo máximo legalmente previsto, AESA en su vocación de servicio a la ciudadanía y mejora continua, manifiesta su firme compromiso de acelerar la tramitación de los expedientes para que el plazo sea inferior. El objetivo de AESA es resolver las peticiones de autorización de los usuarios a la mayor brevedad posible, siempre teniendo en cuenta la complejidad de las actuaciones sometidas a evaluación.

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