Exhibiciones aéreas y eventos con UAS/drones

    Las operaciones con UAS realizadas en el ámbito de una demostración aérea están sujetas al cumplimiento del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947. Dicho reglamento:

    • No hace distinción entre usuarios profesionales y recreativos, por lo que éste es también de obligado cumplimiento a los usuarios de UAS que realicen actividades deportivas, recreativas, de competición y de exhibición.
       
    • Establece disposiciones detalladas para la utilización de sistemas de aeronaves no tripuladas, así como para el personal, incluidos los pilotos a distancia, y las organizaciones que participen en dichas operaciones basadas en tres categorías operacionales dependiendo del riesgo de la operación: ‘abierta’, ‘específica’ y ‘certificada’.

    Quedan exentos de cumplir dicho reglamento los vuelos de demostración de actividades “NO EASA”; entendidas como actividades o servicios de aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contra incendios, control fronterizo, vigilancia costera o similares.

    Adicionalmente el Real Decreto 1919/2009 de 11 de diciembre, por el que se regula la seguridad aeronáutica en las demostraciones aéreas civiles es de aplicación a toda demostración anunciada públicamente y abierta al público en general o de acceso restringido.

    El organizador debe presentar una declaración responsable del cumplimiento de los requisitos previstos en el Real Decreto 1919/2009 con una antelación mínima de 15 días a la fecha de la celebración de la demostración. Junto con la declaración responsable el organizador debe facilitar todos los datos necesarios en relación con el uso del espacio aéreo para tramitar la publicación de un NOTAM.

    Enlace al trámite.

    Para aquellas demostraciones realizadas por un único operador de UAS con autorización emitida por AESA para operar en categoría específica las solicitudes de NOTAM se dirigirán con al menos 15 días naturales directamente a los proveedores de tránsito aéreo responsables del volumen de espacio aéreo afectado o a ENAIRE para los casos en los que la demostración aérea tenga lugar en espacio aéreo no controlado, solicitándoles la última versión del formulario correspondiente:

    • Departamento de Coordinación Operativa (COP) de ENAIRE a través del correo electrónico cop@enaire.es
    • Oficina Técnica de SKYWAY a través del correo electrónico uas@skyway-ans.com 
    • Dirección de Operaciones de SAERCO a través del correo electrónico uas@saerco.com 

    Las disposiciones en materia de seguridad pública o restricciones al vuelo de UAS por motivo del lugar de operación contemplados en el Real Decreto 1036/2017, así como las reglas del aire aplicables a los UAS del Real Decreto 1180/2018 por el que se desarrolla el Reglamento del aire, seguirán siendo de aplicación a las operaciones con UAS.

     

     

    Contacto División UAS de AESA:

    En caso de duda o situaciones especiales relacionadas con las  exhibiciones aéreas y eventos con UAS, puede dirigir su consulta al buzón de drones (drones.aesa@seguridadaerea.es).

     

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