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Última modificación: Martes, 23 Junio 2026

Cursos de estandarización de examinadores de vuelo

La obtención de un certificado de examinador de vuelo requiere la superación de un curso teórico inicial de estandarización. Por otra parte, será necesario que asistas a un curso de actualización para completar cualquier proceso de revalidación o renovación de un certificado.

AESA se encarga de la organización de los cursos destinados a la obtención, revalidación y/o renovación de los certificados emitidos bajo su responsabilidad. En el siguiente enlace encontrarás un calendario con todos los cursos de estandarización de examinadores que AESA va a celebrar en este año.

Circular Informativa. Cursos iniciales y de actualización para la estandarización de examinadores de vuelo (Calendario 2026).

Los cursos iniciales se desarrollan en modo presencial y son impartidos en las instalaciones al efecto ubicadas en Madrid (Avenida de la Hispanidad, Nº12) El número de convocatorias es limitado y se realiza en función de la demanda esperada para cada categoría de certificado.

Para que puedas realizar un curso inicial se te exigirá el cumplimiento de una serie de requisitos, en función del tipo de certificado solicitado (ver detalles en Guía de Certificación de Examinadores de Vuelo) Debes solicitar a AESA el acceso al mismo, usando estos formularios:

Comprueba que cumples con las normas establecidas y espera el resultado de tu valoración, que te comunicará AESA. En caso de que sea positivo, se te convocará a la próxima edición disponible del curso correspondiente, pudiendo así completar el proceso de matriculación.

Puedes realizar los cursos de actualización de manera presencial o electrónica. Y podrás hacer la inscripción, de forma telemática, a través de los enlaces incluidos en la Circular Informativa. De este modo, podrás matricularte en el curso que mejor se adapte a tus necesidades, teniendo en cuenta la fecha de caducidad de tu certificado.

Recuerda: la documentación recibida vía email no puede ser tramitada por AESA de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En la sección de preguntas frecuentes FAQs tienes descritos los medios para remitirla.

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