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Última modificación: Lunes, 26 Mayo 2025

Como titular de licencia ULM emitida por AESA ¿debo llevar un Diario de vuelo por cada habilitación o variante de aeronave Ultraligera?

De conformidad con lo establecido el artículo 8.4 del Real Decreto 123/2015 el titular de la licencia de piloto de ultraligero deberá llevar y mantener actualizado un registro de tiempo de vuelo, conforme al modelo publicado por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en su página web.

A la hora de revalidar mi habilitación de ULM ¿qué requisitos debo cumplir?

De conformidad con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 123/2015, para revalidar antes de que caduquen las habilitaciones MAF, DCG, AG, H y HD, el interesado deberá acreditar, en su registro de tiempo de vuelo o mediante certificado emitido por una escuela de vuelo de ultraligero, cinco horas de vuelo en los doce meses anteriores a la solicitud.

En este sentido, y a los efectos del correcto registro de tiempo de vuelo se recomienda no demorar la presentación de la documentación debidamente acreditada ante AESA una vez disponga de la experiencia.