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¿Puede una POA aprobada por AESA tener instalaciones en otro país bajo la misma aprobación POA?

Sí. La apertura de nuevas instalaciones recaería bajo la misma aprobación como POA española. Solo haría falta la intervención de AESA en este supuesto. Sería un cambio significativo por adición de una nueva factoría, en el que haría falta volver a revisar todos los puntos de la norma, especialmente aquellos relativos al sistema de calidad, además de ver cómo queda integrada esta nueva factoría en la actividad de la Organización de cara a verificar su idoneidad.

¿Qué tipo de Organización tienen que estar aprobadas como Organizaciones de Producción (POAs)?

Organizaciones de producción del ámbito de la aviación civil, que tengan intención de producir productos, piezas y equipos acompañados del certificado de aptitud para el servicio Formulario EASA 1. La producción de estos productos, piezas y equipos ha de ser apropiada bajo aprobación Parte 21 Subparte G, tal y como se expone en el punto normativo 21.A.133 de Parte 21 Subparte G del Anexo I del Reglamento (EU) 748/2012. Únicamente para entrega directa a cliente final (p. ej., operador aéreo, taller de mantenimiento, etc.).

¿Qué es una POA?

Aprobación de Organización de Producción, en el sentido descrito en la Parte 21 Subparte G del Anexo I del Reglamento (EU) 748/2012. Aplicable para aquellas actividades de producción que entren dentro del ámbito de trabajo de EASA, según se expone en el artículo 2 del Reglamento (EU) 2018/1139.

En relación con la obtención de la aprobación POA para fabricar un artículo clasificado como ETSO, ¿es necesario haber solicitado una aprobación DOA, además de la autorización ETSO para el artículo?

Tal y como se puede comprobar en el sitio web correspondiente de EASA (FAQ ETSO), se debe ser, o haber solicitado con anterioridad, la ADOA (o la DOA, si se trata de un artículo ETSO que es una APU) y la POA.
 
De la DOA/ADOA y de la ETSO se encargan EASA. De la POA se encarga AESA como Autoridad de Aviación de España. Por lo tanto, se deben solicitar las 3 aprobaciones al mismo tiempo (aproximadamente), a la Autoridad respectiva.
 
Además, en relación con la POA, es esencial recordar el punto 21.A.133 (Elegibilidad):