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Preguntas frecuentes

Tras recibir un correo electrónico con el aviso de una notificación, para aceptarla o rechazarla, debe acceder a Notificación por comparecencia de AESA , asegúrese al acceder que el certificado electrónico se corresponde con el del destinatario de la notificación.

Si no la ve en el apartado "Notificaciones Pendientes" es posible que la notificación se haya realizado a varios destinatarios al mismo tiempo o que haya caducado. En estos casos pruebe antes a buscar la notificación en el apartado "Notificaciones realizadas". Aplique los filtros apropiados y recuerde pulsar el botón "Buscar".

Si la notificación sigue sin aparecer, ponga en nuestro conocimiento esta situación a través del formulario de contacto de AESA, seleccione en el desplagable un asunto  apropiado (para inspecciones de asistencia en tierra, autorizaciones de asistencia en tierra o declaraciones responsable de combustible el asunto será "Cuestiones relacionadas con el handling"), es muy importante que indique en su consulta el número de expediente asociado a la notificación, puede encontrarlo en el asunto del mensaje recibido, o como parte del "Título del expediente".

En el caso de que un representante cause baja en una organización o pierda su capacidad de representación, y esté además asociado a expedientes de la organización, es necesario avisar lo antes posible de esta situación a través del formulario de contacto de AESA, seleccione en el desplagable un asunto  apropiado (para inspecciones de asistencia en tierra, autorizaciones de asistencia en tierra o declaraciones responsable de combustible el asunto será "Cuestiones relacionadas con el handling") pidiendo que retiremos el acceso a los expedientes de la entidad a este representante.

Acceda a la sede electrónica de AESA, apartado Mis Expedientes (Oficina Virtual), es importante pulsar el botón "Buscar", ya que por defecto no aparece ningún elemento.

Si no aparece el expediente, asegúrese de haber accedido a la sede con el certificado electrónico adecuado.

En caso de que siga sin localizar el expediente, puede contactar con nosotros a través del formulario de contacto de AESA , seleccione en el desplagable un asunto  apropiado (para inspecciones de asistencia en tierra, autorizaciones de asistencia en tierra o declaraciones responsable de combustible el asunto será "Cuestiones relacionadas con el handling") y no olvide incluir el número de expediente si dispone de él.

El alcance de una inspección en el aeropuerto es el de la operativa en la plataforma del aeropuerto y el de la aplicación de los manuales de la organización en ese aeropuerto de acuerdo con su actividad.

En ocasiones, la inspección aeroportuaria se limita a la operativa en rampa y la aplicación de los manuales operativos del agente.

Toda evidencia de difusión y/o comunicación de información deber ir acompañada del acuse de recibo, acreditando la confirmación de lectura por parte del receptor de dicha información.

Aquellas acciones correctoras que impliquen comunicaciones y/o difusión de información a los implicados, no se consideran implantadas sin la confirmación de lectura pertinente.

De menor severidad a mayor: observaciones, no conformidades nivel 2, no conformidades nivel 1.

La principal diferencia práctica en el marco de una inspección es que las observaciones no es obligatorio subsanarlas formalmente (subsanación voluntaria), mientras que para las no conformidades se exige establecer un plan de acciones correctoras.

Las evidencias de subsanación que establece el plan de acciones correctoras (PAC) junto a las fichas (archivo Excel) asociadas. Dichas fichas son entregadas al inspeccionado al comunicar el PAC. No se considera completa la entrega de documentación sin aportar estas fichas debidamente cumplimentadas.

Sí, siempre y cuando exista una causa que lo justifique. Y dicha solicitud se tramite antes del vencimiento de la fecha establecida en el plan de acciones correctoras (PAC). No se admiten solicitudes de cambio de plazo una vez haya vencido el plazo de comunicación de subsanación establecido en PAC.

No. La documentación sin firmar no se considera evidencia de subsanación fehaciente. No se admiten borradores. Los documentos deben ser los definitivos, ya revisados y firmados por los responsables correspondientes.

En el caso de recibir un acta sin incumplimientos, o que solo incluya observaciones, no será necesario proponer acciones correctoras.

En el caso de que se hayan detectado no conformidades (de cualquier nivel), será necesario proponer acciones correctoras.