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Si la compañía aérea no me proporciona atención durante el retraso en la salida del vuelo y tengo que pagármela yo ¿puedo solicitar posteriormente el reembolso de dichos gastos a la compañía?

Si la compañía aérea no cumple con su obligación de facilitar la atención prevista en el Reglamento (CE) 261/2004, usted deberá guardar los tickets de los gastos razonables en los que incurra para posteriormente reclamárselos a la compañía aérea.

La compañía debería proceder al reembolso de dichos gastos, siempre que se limiten a aquéllos conceptos previstos como atención en el Reglamento comunitario.

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