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Última modificación: Miércoles, 29 Julio 2026

Nueva exención de AESA en materia de servidumbres aeronáuticas para Vigo

Nueva exención de AESA en materia de servidumbres aeronáuticas para Vigo

Miércoles, Julio 29, 2026
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  • Las servidumbres aeronáuticas delimitan la zona de protección alrededor de aeropuertos, helipuertos e instalaciones radioeléctricas para garantizar la seguridad de las operaciones aéreas.
  • Esta exención permite evitar solicitar ante AESA un acuerdo previo favorable para actividades urbanísticas en el municipio de Vigo, siempre que no haya riesgo para la seguridad aérea.
  • La medida beneficia directamente a la ciudadanía al reducirse la carga administrativa y agilizarse los procedimientos.

 

Madrid, 29 de julio de 2026 (AESA)

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha emitido una exención para el término municipal de Vigo que permite evitar, en determinadas zonas y bajo condiciones concretas, la solicitud del acuerdo previo de la Agencia para ejecutar construcciones, instalaciones o plantaciones.

Las servidumbres aeronáuticas (SSAA) en España delimitan la zona de protección alrededor de aeropuertos, helipuertos e instalaciones radioeléctricas con el fin de garantizar la seguridad de las operaciones aéreas.

En el caso de Vigo, el estudio técnico realizado concluye que determinadas actuaciones dentro del término municipal no comprometen la seguridad de las operaciones aéreas ni el funcionamiento de las instalaciones radioeléctricas. Esta exención no implica una reducción de las exigencias de seguridad, sino una aplicación más eficiente de la normativa.

Exencion Vigo

Requisitos generales de exención

La exención, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) es aplicable en las zonas delimitadas como exentas y siempre que se respeten las condiciones fijadas en la resolución.

Entre ellas, se establece que la altura máxima no podrá exceder de 45 metros sobre el terreno o agua circundante, incluidos todos los elementos añadidos. Quedan excluidas de esta exención las instalaciones que, por su naturaleza, puedan suponer un riesgo para la seguridad aérea, como focos de atracción de fauna, instalaciones que generen humos o polvo o aquellas susceptibles de producir deslumbramientos.

Esta medida se enmarca en el Plan de Exenciones de Servidumbres Aeronáuticas impulsado por AESA, cuyo objetivo es agilizar los procedimientos administrativos en municipios situados bajo SSAA, contribuir a mejorar la coordinación entre administraciones y  reducir las cargas administrativas, tanto para las entidades locales como para la Agencia.

La exención supone un beneficio directo para la ciudadanía, al eliminar trámites en los casos donde no existe afección a la seguridad aérea. Esta actuación se enmarca en el Plan de Exenciones de Servidumbres Aeronáuticas impulsado por AESA, con el que la Agencia trabaja de forma proactiva para agilizar procedimientos y reducir cargas administrativas.

Puedes consultar toda la información en el apartado de ‘Servidumbres Aeronáuticas’ de la página web de AESA.