Las licencias de técnicos de mantenimientos aeronáuticos de AESA se solicitarán y emitirán únicamente de forma electrónica


Viernes, Marzo 20, 2020

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) informa de que las licencias de técnicos de mantenimiento se solicitarán y se emitirán únicamente de manera electrónica, como medida ante la situación actual de emergencia sanitaria como consecuencia de la pandemia del Coronavirus (COVID-19) y estará vigente durante la duración del Estado de Alarma declarado por el Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo y sus posibles prórrogas.

La solicitud de emisión, modificación, renovación y duplicado de una licencia deberá realizarse:

a) Siempre a través de la sede electrónica, cuando es realizada por una organización de mantenimiento u otra persona jurídica (Ley 29/2015).

b) Por sede electrónica o correo postal en el caso de solicitarla una persona física.

Una vez presentada y revisada la documentación requerida, AESA emitirá una licencia electrónica que incorporará un código de identificación del documento CID, mediante el cual podrá verificarse la autenticidad de dicha licencia en la página web de la Agencia descrita a continuación, y podrá descargarse una versión imprimible de la misma.

https://sede.seguridadaerea.gob.es/CID/FrontController

El procedimiento de notificación de la emisión de la licencia será el siguiente:

1º Para las solicitudes de licencias que hayan establecido como dirección de notificación una organización de mantenimiento y conste la autorización por el solicitante a dicha organización para realizar gestiones en su nombre, se notificará de manera telemática al responsable de calidad de dichas organizaciones.

2º Para las solicitudes de licencias realizadas por personas físicas, se notificará a la dirección de correo electrónico indicada en la solicitud. Se deberá acusar recibo de dicha notificación al buzón aesa.parte66@seguridadaerea.es

El solicitante, una vez descargada la versión imprimible de la licencia, deberá imprimirla, firmarla de forma manuscrita y exhibir dicha copia firmada siempre que le sea requerido por las autoridades aeronáuticas y sus agentes, que en todo momento podrán verificar la veracidad de la licencia contrastando el correspondiente CID.

Descargar aquí la resolución de AESA