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Última modificación: Lunes, 23 Marzo 2026

Viajes combinados

Un viaje combinado es un paquete que incluye, al menos, dos servicios diferentes (por ejemplo, transporte y alojamiento) vendidos juntos a un precio total.
Este tipo de viajes suelen incluir, además, otros servicios turísticos como excursiones o alquiler de coche, y duran más de 24 horas o incluyen al menos una noche de estancia.

Si el problema se debe a una cancelación o incidencia del vuelo, puedes reclamar ante AESA, porque se aplica el Reglamento (CE) 261/2004.

Si la cancelación afecta al viaje combinado completo (por ejemplo, la agencia cancela todo el paquete o cambia las condiciones del viaje), la reclamación debes presentarla antes las autoridades de consumo o turismo de tu comunidad autónoma, que son las competentes para resolver este tipo de incidencias.

Normativa

Los derechos de los viajeros están regulados en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y en el Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre.

Esta normativa recoge:

  • Las condiciones para cancelar o modificar un viaje combinado.
  • El derecho del viajero a desistir antes del inicio del viaje.
  • Las responsabilidades del organizador (normalmente la agencia) y del minorista (quien vende el viaje).

 Recuerda:

  • Revisa siempre las condiciones del contrato del viaje combinado antes de contratar.
  • Si ocurre un incidente solo en el vuelo, primero reclama a la aerolínea y, si no recibes respuesta o no te satisface, puedes presentar tu reclamación ante AESA.
  • Si afecta a todo el paquete vacacional, contacta con las organizaciones de consumo o turismo.

 

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