Billetes

    La Agencia Estatal de Seguridad Aérea tiene entre otras, la competencia de velar por el cumplimiento de las normas relativas a la protección del usuario del transporte aéreo. En especial, de velar por el cumplimiento del Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque, cancelación, gran retraso de vuelos y cambios de clase.

           AESA es el organismo responsable designado para tramitar las reclamaciones relativas al cumplimiento de los Reglamentos (CE) 261/2004 y 1107/200. Las controversias entre pasajero y compañía aérea sobre asuntos no contenidos en estos reglamentos deben de ser resueltas en los tribunales de justicia.

    A continuación, con el fin de proporcionar información sobre otros derechos de los usuarios, se señalan diversos tipos de incidencias NO relacionadas con los Reglamentos (CE) 261/2004 y 1107/20 con información relevante para el pasajero afectado.

Identidad del pasajero


    La compañía aérea puede denegarle el embarque si el billete o tarjeta de embarque contiene datos que no coinciden exactamente con los datos de identidad del pasajero mostrados en sus documentos identificativos (Documento Nacional de Identidad, Pasaporte, Número de Identificación Fiscal o similares) o, si en su caso, falta algún dato. Esta circunstancia se debe al cumplimiento de las normas estrictas de seguridad  en el momento de embarcar y de acceso a la zona de seguridad del aeropuerto.

    Además, la Ley de Navegación Aérea dispone que el billete/tarjeta de embarque es un documento nominativo e intransferible, siendo uno de los requisitos del contenido del billete, la constancia del nombre del pasajero.

              Recuerda que la denegación de embarque por presentación inadecuada de la documentación no genera derechos de acuerdo al Reglamento (CE) 261/2004

Tarifas


    Los usuarios del transporte aéreo, antes de realizar su compra, deben informarse de las distintas tarifas que ofrecen las compañías ya que dependiendo del tipo de tarifa, pueden ofrecerle unas condiciones muy distintas en caso de reembolso o cambio de fecha o cambio de titularidad del billete.

    Algunas tarifas aéreas tienen muchas restricciones en caso de querer cambiar la fecha o el titular de la misma así como en caso de querer el reembolso del billete. Si usted reserva su billete y cree que podrían surgirle problemas a la hora de volar, asegúrese que la tarifa que contrata le permite cambios o devoluciones, aunque eso suponga pagar más por su billete.

    En el supuesto de existir divergencias por esta materia con la compañía aérea, la única vía para hacer vales sus derechos e interés legítimos sería acudir a los Tribunales de Justicia, ya que se trata de un asunto privado relativo a las condiciones del contrato de transporte.

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