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Última modificación: Jueves, 27 Marzo 2025

Matrículas de Prueba

Qué persigue

  • El Reglamento de matriculación de aeronaves civiles, establecido por el Real Decreto 384/2015, incorpora y ordena la regulación sobre matrículas de prueba para aeronaves nuevas de serie, que necesitan realizar vuelos de prueba para verificación, puesta a punto y mantenimiento, y para prototipos de aeronaves empleadas para vuelos de ensayo, desarrollo, verificación, puesta a punto o certificación, siempre que éstas no cuenten con matrícula emitida por un Registro de Matrícula de Aeronaves.
  • Este procedimiento establece las condiciones y trámites a realizar para la solicitud de asignación de matrículas de prueba para la realización de los vuelos referidos anteriormente.

Quién es el beneficiario

  • Organizaciones de diseño y/o producción de aeronaves, para la realización de vuelos de ensayo, certificación, verificación, puesta a punto o certificación en aeronaves diseñadas, modificadas o fabricadas por dichas organizaciones.
  • Constructores de aeronaves amateur (denominadas también aeronaves experimentales), para la realización de los vuelos de prueba necesarios para la obtención del certificado de aeronavegabilidad restringido.

Normativa: Leyes o normativas en las que se basa o que afectan directamente.

  • Real Decreto 384/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles.
  • Orden FOM/1687/2015, de 30 de julio, por la que se establecen disposiciones complementarias sobre las marcas de nacionalidad y de matrícula de las aeronaves civiles.

Documentación: Enumeración y especificación de la documentación que debe acompañar a la solicitud.

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