Tramitación de cambios

    Los gestores de aeródromo deben garantizar la continuidad de las condiciones de seguridad en las que se les otorgó la resolución de verificación, es por ello que, ante la introducción de cambios en las infraestructuras, servicios, procesos o gestión del aeródromo, los gestores deben disponer de herramientas que les permitan controlar la afección de tales cambios a la seguridad de las operaciones y tramitar los mismos con la Autoridad.

    Así, los gestores de aeródromos verificados deben tener definida, en sus manuales de operación, la manera procedimentada de tratar los cambios que afecten a su infraestructura o condiciones de operación, esto es, disponer de un procedimiento sobre gestión del cambio.

    AESA ha elaborado una Instrucción Técnica sobre “GESTIÓN DEL CAMBIO Aeropuertos Verificados / Certificados (RD 862/2009) (A-DAU-GCRV-01 1.0)" para establecer las condiciones y particularidades de la gestión y tramitación de los cambios que aquellos gestores a los que les aplica el requisito de verificación deben seguir.

    A estos efectos, se considera cambio cualquier actuación planificada en la organización, infraestructuras o equipamientos, incluyendo la introducción de nuevos procedimientos y modificaciones de procedimientos ya existentes o entrada en vigor de nueva normativa que:

    • afecte (por encima de un nivel mínimo) a la seguridad operacional del aeródromo y
    • su tratamiento no esté a priori establecido en el día de a día de la operación del gestor del aeródromo.

    El proceso general para la gestión y tramitación de los cambios queda resumido en el siguiente esquema:

    Tramitación de cambios

    Contacto

    Para consultas relativas a aeródromos de uso público verificados pueden dirigirse al buzón de Verificados de AESA verificados.aesa@seguridadaerea.es

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