Marco general

    La Agencia Estatal de Seguridad Aérea lleva a cabo la vigilancia de las directrices de aplicación sobre seguridad operacional en aeropuertos de acuerdo a la normativa vigente y siguiendo un enfoque tanto de cumplimiento normativo, como de evaluación de la situación real de cada aeropuerto siguiendo un enfoque preventivo del riesgo.

    Para ello, se realizan inspecciones prestando especial atención a las áreas de riesgo establecidas por la propia AESA. Además, gestiona y dirige aprobaciones y autorizaciones de infraestructuras aeroportuarias, gestores de aeródromo, servicios de asistencia en tierra, procedimientos, planes y/o programas de aeropuertos y proveedores aeroportuarios.

    Todo ello colaborando y participando en organismos internacionales de referencia, como EASA, OACI y Eurocontrol, entre otros. 

    De acuerdo al Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo y al Reglamento (UE) 139/2014 de la Comisión, deben certificarse los aeródromos abiertos al uso público, que presten servicio al transporte aéreo comercial y que tengan una pista pavimentada instrumental de 800 metros o más, o se utilizan exclusivamente para helicópteros que utilicen procedimientos de aproximación o de salida por instrumentos.

    No obstante lo anterior, AESA puede conceder una exención de obligación de certificación a algún aeródromo que:

    • No gestione más de 10 mil pasajjeros de transporte comercial al año y
    • No gestione más de 850 movimientos relacionados con operaciones de mercancías al año

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