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Certificado de instructor y de examinador - ¿En qué resulta afectado el certificado de examinador en la resolución de AESA de fecha de 5 de mayo de la directora respecto de la anterior, del 18 de marzo, en cuanto a la extensión de fecha del mismo?

La Resolución de AESA de fecha 05.05.2020 añade nuevamente el punto FCL 1025, que ya fue citado en la anterior Resolución, sin embargo, está afectación está referida únicamente a la anotación de la nueva fecha. Por lo tanto, los examinadores del Tipo TRE/SFE deberán acogerse a lo dispuesto en ambas Resoluciones, en aquellas partes que les afecte.

  • Resolución de AESA de fecha de 18 de marzo, cita: Un TRE designado por AESA, a propuesta del operador, anotará en el certificado correspondiente la nueva fecha de validez del mismo.
  • Resolución de AESA de fecha de 5 de mayo cita.: Se extiende la validez de los certificados de instructor y examinador válidos a fecha 14 de marzo de 2020, y cuyo periodo ordinario de validez expirase antes del 31 de julio de 2020, durante el periodo de aplicación de esta resolución. Si la extensión puede realizarse en la licencia, será anotada por el examinador y si se expide en un certificado independiente, el titular de la licencia deberá presentar una solicitud a la autoridad para la anotación de la extensión del plazo de validez