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¿Qué tipo de Organización tienen que estar aprobadas como Organizaciones de Diseño (DOAs)?

Aquellas organizaciones de diseño del ámbito de la aviación civil, que para alguno de sus diseños de productos, piezas y equipos, tengan la intención de obtener:

a)  un Certificado de Tipo (TC) o,
b)  Certificado de Tipo Restringido (RTC), o
c)  Certificado de Tipo Suplementario (STC), o 
d)  Una aprobación de un cambio mayor o autorización ETSO.

 

¿Qué es una DOA?

Aprobación de Organización de Diseño, en el sentido descrito en la Parte 21 Subparte J del Anexo I del Reglamento (EU) 748/2012. Esto es aplicable para aquellas actividades de diseño que entren dentro del ámbito de trabajo de EASA, según se expone en el artículo 2 del Reglamento (EU) 2018/1139. En estos casos, es la propia EASA quién se encarga de gestionar tanto el proceso de aprobación como la supervisión posterior de las organizaciones de diseño aprobadas.