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Cómo acredito la validez del certificado de TCP

El titular deberá conservar, y aportar previa solicitud, el certificado de tripulante de cabina, la lista y los registros de formación y verificación correspondientes a sus cualificaciones de tipo o variante de aeronave, salvo que el operador que emplee sus servicios mantenga dichos registros y pueda ponerlos rápidamente, previa solicitud, a disposición de una autoridad competente o del propio titular.

Reglamento (UE) 1178/2011: CC.GEN.025 b).

Cual es el procedimiento para obtener la licencia ATPL

  • Previo a realizar la prueba de pericia de  ATPL, el/a solicitante deberá cumplir y acreditar los requisitos previos y de experiencia conforme a lo establecido en el Reglamento UE 1178/2011  en la categoría de aeronave que corresponda y ser titular del correspondiente certificado acreditativo de requisitos previos y de experiencia ATPL emitido por el COPAC o por AESA
  • El/a  examinador/a con el cual tiene previsto realizar la prueba de pericia ATPL deberá estar expresamente autorizado para ello, mediante carta de autorización emitida por AESA previa solicitud de

Quiero transferir mi licencia desde otra Autoridad Aeronáutica EASA ¿Cuál es el procedimiento a seguir?

Para transferir lalicencia FCLésta debe estar en vigor y tener al menos competencia lingüística en idioma inglés. El procedimiento requiere presentar la solicitud de transferencia de licencia FCL ante AESA. Así mismo el/a solicitante deberá contactar con su autoridad aeronáutica EASA correspondiente para autorizar el traslado del expediente médico.

¿Cuáles son los certificados médicos aeronáuticos?

Los certificados médicos o de aptitud psicofísica requeridos para la obtención de licencias y habilitaciones o su mantenimiento en vigor, responden a la siguiente clasificación.

Pilotos profesionales (ATPL y CPL)

Clase 1 (MED.A.030 de Reglamento (UE) 1178/2011)

Pilotos privados (PPL) con habilitación de vuelo instrumental

Clase 2, con requisito auditivo de Clase 1 (MED.A.030 de Reglamento (UE) 1178/2011)

Tengo licencia de PPL(A), mi certificado médico clase 2 ha caducado pero consta el certificado médico LAPL en vigor ¿puedo seguir volando con mi licencia?

Para el ejercicio de atribuciones de vuelo el certificado médico aeronáutico asociado a la licencia debe estar en vigor. En este caso al ser titular de una licencia PPL el certificado médico correspondiente es el clase 2 e independientemente de que el certificado médico LAPL vigente. Para continuar con  el ejercicio de atribuciones de vuelo de la licencia PPL deberá tener en vigor el certificado médico clase 2

Tengo licencia emitida por AESA pero me encuentro fuera de España ¿Puedo renovar mi certificado médico en otro Estado Miembro EASA?

Podrá renovar el certificado médico aeronáutico en un Centro Médico Aeronáutico o Medico Examinador Aéreo siempre que esté autorizado por la Autoridad Aeronáutica de un Estado Miembro EASA. Una vez realizado el AeMC o AME deberá remitir ante AESA copia de los registros médicos derivados de dicha renovación.

¿Puedo ejercer atribuciones de una habilitación que está caducada?

Las habilitaciones tienen un periodo de validez durante el cual se pueden ejercer las atribuciones de vuelo de la licencia siempre que adicionalmente tengas en vigor el certificado médico aeronáutico asociado a tu licencia y la competencia lingüística en vigor al menos un idioma reconocido por la Autoridad aeronáutica

Recuerda si la habilitación consta caducada no puedes ejercer atribuciones de vuelo hasta que esté nuevamenteen vigor anotada en tu licencia FCL