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Dónde puedo hacer una solicitud relacionada con una LMA Parte 66

Para una mayor rapidez en la tramitación de la solicitud, existe la posibilidad de presentar una solicitud telemática a través del catálogo de procedimientos y servicios de la Sede Electrónica de AESA con el nombre de “Gestión de licencia de técnico de mantenimiento LMA Parte 66”, dentro del apartado “Licencias y medicina aeronáutica”:

Gestión de licencia de técnico de mantenimiento LMA (Parte 66)

¿Se puede convalidar la Licencia obtenida fuera del entorno de EASA?

No existe ningún proceso de convalidación de licencias de mantenimiento de aeronaves obtenidas fuera del entorno de EASA. AESA solamente reconoce para la emisión de licencias LMA parte 66, la formación obtenida y superada según lo establecido en Anexo III (Parte 66) del Reglamento (UE) 1321/2014.

Puede encontrar información sobre la solicitud de licencias en España en la “Guía del usuario” en el siguiente enlace.

En el caso de módulos que son iguales en varias (sub)categorías, ¿Se puede

El Reglamento (UE) 1321/2014 establece en el Apéndice I de la Parte 66 los módulos que es necesario superar para acceder a una determinada categoría. Aquellos módulos que sean comunes a dos categorías, podrán utilizarse para la obtención de distintas categorías o subcategorías, si el módulo que se ha superado en una determinada categoría o subcategoría tiene el mismo contenido con un nivel igual o superior que en las otras categorías o subcategorías que se quieren obtener.

Se considera como válida la experiencia en mantenimiento militar

Según el punto 66.A.30 (e) y su correspondiente AMC, deberá aceptarse la experiencia de mantenimiento de aeronaves obtenida fuera de un entorno de mantenimiento de aeronaves civiles, cuando dicha experiencia sea equivalente a la requerida por el presente anexo (Parte 66) establecida por la autoridad competente. No obstante, se exigirá una experiencia complementaria en mantenimiento de aeronaves civiles para garantizar un conocimiento adecuado del entorno de mantenimiento de aeronaves civiles.

¿Cómo se puede proceder para transferir la Licencia a otra Autoridad?

El proceso de TRANSFERENCIA de una licencia a otra autoridad es el siguiente:

1. El poseedor de una licencia emitida por AESA que pretenda transferir su licencia a una autoridad distinta de la que emitió la primera licencia (AESA), deberá solicitar la transferencia de su licencia a la nueva autoridad.

2. Debe ser la Autoridad de ese país la que se ponga en contacto con la Autoridad Española mediante una petición oficial de transferencia, vía email.