Diciembre 2015

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    Sistema de Notificación de Sucesos: Reglamento 376/2014

    El Reglamento (UE) Nº 376/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 3 de abril de 2014 relativo a la notificación, análisis y seguimiento de sucesos en la aviación civil que deroga la Directiva 2003/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y los Reglamentos (CE) nº 1321/2007 y (CE) nº 1330/2007 de la Comisión,  se aplica desde el 15 de noviembre de 2015.

    La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha realizado desde su entrada en vigor en 2014 diferentes actividades encaminadas a la adaptación al nuevo marco normativo que culminaron con la celebración de un seminario el pasado 29 de septiembre de 2015 en las instalaciones del Ministerio de Fomento. El objetivo del seminario, dirigido a las organizaciones del sector obligadas a establecer sistemas de notificación por el Reglamento,  era presentar las principales novedades y cambios que introduce el Reglamento en relación con la normativa vigente hasta el momento y aclarar las posibles dudas que pudieran surgir.

    El material utilizado en el seminario se ha incluido en una guía más amplia que hace un repaso de los distintos puntos del Reglamento y trata de dar respuesta a las preguntas que se han planteado por los notificantes, agrupando toda la información en tres apartados principales:

    • Aspectos generales del Reglamento
    • Aspectos técnicos y de detalle del Reglamento
    • Protección de la información y sus fuentes

    Así mismo, se ha publicado un tríptico que resume los puntos clave a tener en cuenta por los potenciales notificantes:

    • ¿Por qué mejora la seguridad operacional el SNS?
    • ¿Por qué un nuevo Reglamento?
    • Protección
    • ¿El qué y quién debe notificar?
    • ¿A quién se notifica, cómo y cuándo?
    • Sistema de reporte voluntario

    Tanto la guía como el tríptico se encuentran publicados dentro del apartado de "Gestión de riesgos para la seguridad" a continuación

    Nuevo Reglamento (UE) Nº376/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la notificación de sucesos en la aviación civil.

    Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1018 de la Comisión por el que se establece una lista de clasificación de los sucesos en la aviación civil de notificación obligatoria.

    El nuevo Reglamento de sucesos será aplicable, tal y como se establece en su artículo 24, a partir del 15 de noviembre de 2015. Con el objetivo de facilitar la adaptación de los potenciales notificantes al nuevo marco legislativo, AESA celebró el pasado 29 de septiembre de 2015 un seminario y ha preparado el material guía que se incluye a continuación:

    Foro FDM (Flight Data Monitoring)

    El día 29 de octubre del 2015 tuvo lugar en la Sede de AESA la 6ª Reunión del Foro FDM, formado por AESA y las distintas compañías de transporte aéreo comercial españolas que cuentan con este sistema de monitorización de datos de vuelo en sus respectivas flotas.

    En esta reunión se trataron temas como la evolución de los distintos grupos de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA, en sus siglas en inglés) con operadores FDM (EOFDM), la conveniencia de elaborar un modelo de protocolo FDM para poder ser suscrito entre la compañía y sus pilotos y la evolución de las alertas GPWS (Ground Proximity Warning System) y TCAS (Traffic Collision Avoidance System) en las compañías participantes en el Foro.

    En relación con las alertas TCAS, se pudo evidenciar, contrastando datos de FDM y del SNS, la efectividad de varias medidas desarrolladas con el objeto de disminuir el número de estas alertas en espacio aéreo español. Concretamente, se ha registrado un descenso en la tasa de alertas TCAS por vuelos realizados entre los años 2014-2015 de un 23 % (FDM) y de un 30% (SNS).

    Entre las medidas adoptadas, cabe mencionar la publicación el 24 de julio de 2014 de la Circular Aeronáutica 8/14, en la que se establecía que las aeronaves en evolución ajustaran su velocidad vertical cuando se aproximaran a una altitud o nivel de vuelo asignado de manera que la velocidad vertical se redujera a 1.500 pies por minuto al aproximarse a una distancia vertical de 1.000 pies por encima o por debajo de la altitud o nivel de vuelo asignado.

    Guía de Buenas Prácticas en Fraseología y Comunicaciones

    AESA, en aplicación de lo dispuesto en la X reunión del Comité de Expertos en Seguridad de la Navegación Aérea, ha elaborado y publicado la Guía de Buenas Prácticas en Fraseología y Comunicaciones con objeto de presentar al sector de la aviación un conjunto de buenas prácticas y recomendaciones en el ámbito de las comunicaciones orales tierra-aire, que pueda servir de base para el desarrollo de futuras campañas más específicas dentro de este ámbito.

    Como material de referencia se ha utilizado tanto el European Action Plan for Air - Ground Comunication Safety, como otros documentos elaborados a partir de estudios llevados a cabo por diversas organizaciones como OACI, EUROCONTROL, UK CAA o FSF.

    Asimismo, se ha contado con la participación de profesionales en activo del sector del Transporte Aéreo Comercial (pilotos) y con las aportaciones realizadas por diversas organizaciones representadas por expertos en el Comité de Expertos en Seguridad de la Navegación Aérea.

    El documento se encuentra dividido en 4 secciones, según los fallos más generalizados que se producen, (disciplina radio, confusión de indicativos, transmisiones bloqueadas y pérdida de las comunicaciones), más un capítulo dedicado a las comunicaciones en situaciones de emergencia.

    Cabe mencionar que este documento no pretende facilitar una lista exhaustiva de recomendaciones, ni reemplazar ninguna práctica o método recomendado por la OACI o reglamentación nacional, sino reforzar y completar ciertos aspectos que se han encontrado más débiles.

    Esta guía, entre otras, se encuentra publicada dentro del apartado de "Gestión de riesgos para la seguridad" en el grupo de "Material Guía de Sistemas de Gestión de Seguridad" de la página Directivas / Recomendaciones / Guías / Información.

    Guía de Indicadores Rendimiento Seguridad Operacional Aplicables a Organizaciones Mantenimiento Parte 145

    El 30 de julio de 2014 se publicó la Resolución de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se establecen los requisitos para el establecimiento de un mecanismo equivalente al sistema de gestión de la seguridad operacional por parte de las organizaciones de mantenimiento.

    Una de las partes necesarias para implantar un mecanismo equivalente aplicable a las organizaciones de mantenimiento es establecer una serie de indicadores de rendimiento en materia de seguridad operacional.

    El objeto de este material guía es presentar una lista con ejemplos de dichos indicadores de rendimiento en materia de seguridad operacional. Esta lista se encuentra dividida en dos partes:

    1. Indicadores de rendimiento en materia de seguridad operacional que, como mínimo, deberán ser establecidos por las organizaciones de mantenimiento. (Anexo 1 de la Resolución de 30 de julio de 2014, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.)
    2. Indicadores de rendimiento en materia de seguridad operacional, a modo de ejemplo, que las organizaciones de mantenimiento podrán emplear adicionalmente a los ya establecidos en el punto anterior. (Anexo 2 de la Resolución de 30 de julio de 2014, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.)

    En sus páginas se presenta una ficha para cada indicador, con su métrica, la fuente de datos, así como algunos comentarios.

    Esta guía, entre otras, se encuentra publicada dentro del apartado de "Gestión de riesgos para la seguridad" en el grupo de "Material Guía de Sistemas de Gestión de Seguridad" de la página Directivas / Recomendaciones / Guías / Información.

    Recomendaciones y buenas prácticas para mitigar la posible separación inadecuada entre salidas instrumentales o visuales y aproximaciones frustradas

    La Comisión de Estudio y Análisis de Incidentes de Tránsito Aéreo (CEANITA) ha analizado diversos incidentes en los cuales se ha producido una separación inadecuada entre una aeronave en aproximación que realiza aproximación frustrada/aterrizaje interrumpido y otra que realiza una salida estándar o visual desde la misma pista.

    A raíz de los hechos analizados por CEANITA en diferentes incidentes de tránsito aéreo, se recogen en este documento recomendaciones y buenas prácticas para reducir el número de incidentes relacionados con la separación inadecuada entre una aeronave en salida instrumental (SID) o visual, y otra que realiza una aproximación frustrada/aterrizaje interrumpido, siguiendo reglas de vuelo instrumental, así como para mitigar la posible separación inadecuada en los casos en que se llegara a producir.

    En la elaboración de estas recomendaciones han colaborado, además de expertos de distintas Direcciones de AESA, pilotos de transporte aéreo comercial y controladores del tránsito aéreo en activo.

    Esta guía, entre otras, se encuentra publicada dentro del apartado de "Gestión de riesgos para la seguridad" en el grupo de "Recomendaciones de Seguridad" de la página Directivas / Recomendaciones / Guías / Información.

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