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Preguntas frecuentes

  • Resolución de AESA de fecha 18.03.2020 y en el caso de acogerse a esta Resolución, el examinador que extienda el período de validez será designado por el Operador y deberá ser un examinador con certificado emitido de acuerdo con la Parte FCL.
  • Para los casos contemplados en la Resolución de AESA de fecha 05.05.2020, el aspirante deberá recibir un briefing por parte de un instructor con atribuciones Parte FCL y a posteriori un examinador, con certificado emitido de acuerdo con la Parte FCL, procederá a extender el periodo de validez.

    Este trámite no es necesario realizarlo a través de una ATO.

    Por lo anterior, en cualquiera de las dos opciones, el certificado del examinador podrá haber sido emitido por cualquier Estado EASA.

De acuerdo con la Resolución de AESA de fecha 05.05.2020, en el caso de la experiencia reciente contemplada en el FCL.060 b) y c) se podrá extender la validez o aliviar el cumplimiento de los requisitos establecidos en dicho apartado, siempre que se realice de conformidad con una exención emitida por la Autoridad del operador aéreo. En el caso de aquellos operadores aéreos españoles que realicen operaciones de transporte aéreo comercial u operaciones no comerciales con aeronaves propulsadas complejas, se remitirá propuesta de exención a la Dirección de Seguridad de Aeronaves.

  • De acuerdo con la Resolución de AESA de fecha 18.03.2020, en el caso de acogerse a esta Resolución, la evaluación a llevar a cabo será la determinada por el Operador en consonancia con la exención a la que pueda acogerse con su Autoridad.
  • Para los casos contemplados en la Resolución de AESA de fecha 05.05.2020 y en el caso de acogerse a esta Resolución, el briefing será conducido como determine el instructor.

No, it is not necessary to give prior notification of the extension of the period of validity of instructor certificates and ratings.

De acuerdo con el apartado (j) punto (D) de la Resolución de AESA de fecha 05.05.2020 se extiende hasta el 14 de noviembre de 2020, periodo de aplicación de esta resolución, el período de tiempo máximo especificado en el punto 3 de la Sección A bis IR(A) del Apéndice 6 “Curso de formación modular de vuelo basado en competencias”, siempre que el periodo de tiempo regular finalice en dicho periodo.

Siempre que el periodo de tiempo regular finalice en dicho periodo, el periodo de los 18 meses para completar el curso de instrucción teórica indicado en el Apéndice 6 B) IR (H) “Curso de formación modular de vuelo”, se ampliará hasta el 14 de noviembre de 2020, de acuerdo con lo indicado en el apartado (j) punto (D), de la Resolución de AESA de fecha 05.05.2020.

De acuerdo con el apartado (j) punto (F) de la Resolución de AESA de fecha 05.05.2020, se extienden durante el periodo de aplicación de esta Resolución, el periodo de tiempo especificado en el FCL.815 (b) siempre que el periodo de tiempo regular finalice en dicho periodo.

De acuerdo con el apartado (j) punto (G) de la Resolución de AESA de fecha 05.05.2020, se extienden durante el periodo de aplicación de esta resolución, hasta el 14 de noviembre de 2020, el periodo de tiempo especificado en el FCL.825 (c) y siempre que el periodo de tiempo regular finalice en dicho periodo.

In accordance with paragraph (j) point (E) of the EASA Resolution dated 5.5.2020, and provided that the regular time period ends in that period, they extend during the period of application of this EASA Resolution dated 5 May 2020the time period specified points (a) (1) and (b) (2) of FCL.810 of Part FCL.810, applicable for both the aircraft-aircraft category and the aircraft-Helicopter category, respectively.

En relación con la aplicación de los requisitos de experiencia reciente y de acuerdo con el apartado (m) punto (i) de la Resolución de AESA de fecha 05.05.2020, se extenderán los requisitos de experiencia reciente a los últimos 32 meses