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Preguntas frecuentes

Antes de realizar cualquier prueba de pericia, el examinador debe obtener una designación específica emitida por AESA para ese proceso evaluador. La designación identifica al examinador responsable y fija las condiciones de ejecución de la prueba, principalmente el lugar y la fecha.

La designación es un requisito previo a la realización de la prueba. No obstante, recibir la designación no exime al examinador de comprobar que mantiene vigentes sus atribuciones y de cumplir el resto de las disposiciones aplicables al ejercicio de sus funciones según establece el Reg. 1178/2011.

El examinador debe enviar un correo electrónico a examinadores.aesa@seguridadaerea.es con una antelación mínima de 5 días naturales respecto de la fecha prevista de realización de la prueba.

El correo debe incluir, en el cuerpo del mensaje: los datos del examinador, los datos del aspirante y los datos de la prueba: tipo de prueba, localización, fecha y hora de realización.  Se recomienda el uso de la siguiente tabla.

 

Datos del Examinador
Nombre  
Apellidos  
N.º Certificado examinador  
Datos del Aspirante
Nombre  
Apellidos  
N.º Identificación
(licencia/DNI/NIE/Pasaporte)
 
Datos de la Prueba
Tipo de prueba  
Localización (Aeródromo, zona de
operación o situación del simulador)
 
Fecha de realización  
Hora de realización  


Si AESA verifica que la información es conforme y que se cumple el plazo, confirmará la designación mediante correo electrónico y facilitará un código de referencia asociado al proceso evaluador.

En el cómputo del plazo no cuenta el día de envío de la solicitud ni el día previsto para la realización de la prueba. Por tanto, el examinador debe remitir la solicitud con margen suficiente para que existan 5 días naturales completos entre ambos momentos.

Si la solicitud se presenta sin respetar este margen, AESA podrá denegar la designación, aunque el resto de los datos facilitados sean correctos.

AESA puede denegar la designación cuando no se respete el plazo mínimo establecido o cuando falten datos, sean incorrectos o no sean conformes con los requisitos establecidos en la Guía de Actuación para Examinadores de Vuelo.

En ese caso, AESA comunicará la no designación al interesado por correo electrónico. Sin designación válida, la prueba de pericia no debe realizarse dentro del procedimiento establecido.
 

La designación expira el día de finalización de la prueba para la que fue emitida y, en todo caso, tiene una vigencia máxima de 30 días naturales contados desde la fecha prevista de realización.

No se emite más de una designación por cada proceso evaluador en vigor. Si se supera la fecha establecida sin que la prueba se haya ejecutado y sin haber tramitado previamente el cambio o cancelación, no podrá obtenerse una nueva designación hasta que caduque el proceso.

Las modificaciones del examinador responsable, del lugar o del día de ejecución deben comunicarse por correo electrónico a examinadores.aesa@seguridadaerea.es.


El correo debe incluir el código de referencia de la designación y, de nuevo, la información mínima requerida para el proceso evaluador. AESA registrará el cambio en las condiciones designadas, pero no se acusará recibo de esta notificación.

Sí. El procedimiento permite modificar o cancelar el proceso evaluador con anterioridad a la fecha designada y hasta el mismo día de realización, siempre que la prueba no se haya ejecutado todavía.

Lo que no se admite es comunicar cambios o cancelaciones después de la fecha designada. Además, los cambios no amplían la vigencia máxima de 30 días naturales de la designación inicial.

La cancelación debe notificarla el examinador responsable mediante correo electrónico a examinadores.aesa@seguridadaerea.es, indicando el código de referencia asociado a la designación que se desea cancelar.

Una vez recibida la comunicación, AESA anulará la designación correspondiente al proceso evaluador. Esta anulación se realiza sin acuse de recibo por parte de AESA.

Al finalizar la prueba (pruebas de pericia, las evaluaciones de competencia y las verificaciones de competencia), el examinador debe entregar al candidato un ejemplar firmado del informe de evaluación completo.


Además, debe remitir una copia del informe a AESA por correo electrónico a pruebasdevuelo.aesa@seguridadaerea.es en un plazo máximo de 7 días naturales desde la fecha de finalización de la prueba. El correo debe identificar de forma clara al examinador, al aspirante y la prueba realizada.
Se recomienda el uso de la siguiente tabla:

Datos del Examinador
Nombre  
Apellidos  
N.º Certificado examinador  
Datos del Aspirante
Nombre  
Apellidos  
N.º Identificación
(licencia/DNI/NIE/Pasaporte)
 
Datos de la Prueba
Tipo de prueba  
Localización (Aeródromo, zona de
operación o situación del simulador)
 
Fecha de realización  
Hora de realización  


Cabe recordar que este envío no exime al aspirante de la prueba de presentar las pruebas de vuelo para los trámites que requiera sobre él mismo y sus licencias habilitaciones o atribuciones.

El examinador tendrá que conservar un ejemplar del informe para su propio archivo. Los informes de evaluación (prueba (pruebas de pericia, las evaluaciones de competencia y las verificaciones de competencia) deberán ser conservados por un periodo de, al menos, 5 años desde la fecha de ejecución de las pruebas asociadas.