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Preguntas frecuentes

AESA se relacionará con las Organizaciones de Formación de Mantenimiento Parte 147 telemáticamente a través de SIPA.

Las comunicaciones en lo relativo a la emisión de actas de inspección y seguimiento de las discrepancias correspondientes se realizarán de manera telemática a través del siguiente enlace:

https://sede.seguridadaerea.gob.es/AESA_GestionDiscrepancias/

Cada usuario designado deberá disponer de un certificado electrónico reconocido, de tipo personal, que le permita identificarse y realizar firma electrónica cuando sea necesario, según lo establecido en el Artículo 10, Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para saber más sobre la aplicación de gestión de discrepancias y sobre los tipos de certificados electrónicos consultar la dirección:

https://sede.seguridadaerea.gob.es/Aesa_GestionDiscrepancias/Manual/Guia%20de%20usuario.pdf

AESA ha puesto a disposición del usuario diversos vídeos de ayuda en relación con el funcionamiento de la aplicación. Dichos vídeos podrán encontrarse en el siguiente enlace: https://sede.seguridadaerea.gob.es/sede-aesa/contenido/video-manuales

Como información complementaria, AESA ha publicado en la web la guía de Representación en el ámbito de la administración electrónica. En el documento se explica qué es la representación electrónica, cuál es su alcance, cómo se regula, cuándo es necesario acreditar la representación, cómo se acredita, y como hacer todo esto ante AESA. 
Se puede descargar en el siguiente enlace: 

https://www.seguridadaerea.gob.es/es/noticias/aesa-publica-un-documento-de-ayuda-sobre-la-representaci%C3%B3n-en-la-administraci%C3%B3n-electr%C3%B3nica

En la guía de alta y modificación de usuarios SIPA se establecen las tareas y actividades que los administrados deben seguir para darse de alta como usuario ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, modificar sus datos societarios y/o representantes legales o dar de baja la organización.

Esta guía se puede encontrar en el siguiente enlace:

https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/aeronaves

En la página web de AESA:
Organizaciones / Organizaciones de formación / Organizaciones de formación de mantneimiento (Parte 147)

Los formatos correspondientes se encuentran en la Sede Electrónica de AESA, en el procedimiento “Organizaciones de formación de mantenimiento (Parte 147)”, dentro del apartado AERONAVES

En la guía de información para el solicitante FOR-P147-P01-GU01 se puede encontrar información sobre el procedimiento de aprobación.

En la guía FOR-P147-P01-DT01 se pueden encontrar los requisitos técnicos sobre el Manual de la organización.

En la guía FOR-P147-P01-DT04 se pueden encontrar los requisitos técnicos sobre el personal de la organización

Para obtener la aprobación 147 por AESA, la Sede principal (Sede central o social de la empresa donde se ejercen las funciones financieras y el control operativo de las actividades) debe estar registrada en España.
Si la Sede principal se encuentra en otro país miembro de EASA, la solicitud de aprobación se presentará ante la Autoridad aeronáutica de dicho país.
Si la Sede principal se encuentra en otro país que NO es miembro de EASA, la solicitud de aprobación se presentará en EASA.

La evaluación para la aprobación de una Organización de Formación de Técnicos de Mantenimiento Parte 147 no tiene tasa.

La formación se puede impartir en inglés mientras el personal y la documentación estén preparados para ello.

Para impartir formación online la Organización de Formación de Mantenimiento deberá desarrollar en su MTOE previamente un procedimiento que resulte aceptable para la autoridad. Dicho MTOE tiene que ser aprobado con anterioridad a impartir la formación y el procedimiento de formación online deberá desarrollarse de acuerdo a la Guía de Formación Online OFM Parte 147 de AESA.