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Preguntas frecuentes

A aquellos solicitantes que completen la formación básica a en una organización aprobada de la Parte 147 conforme a la misma normativa (anterior o posterior al Reglamento (UE) 2023/989) y luego aprueben los exámenes en otra organización aprobada de la Parte 147 conforme a la misma normativa (anterior o posterior al Reglamento (UE) 2023/989), se les otorgará la consideración de curso básico completo y, por lo tanto, la reducción del requisito de experiencia básica será máximo, quedando finalmente en 1 o 2 años. 

La combinación de los Certificados de Reconocimiento (solo formación básica completa + examen de los módulos) será suficiente para que la autoridad competente reconozca que el curso de formación básica ha sido "completado" con éxito al cumplir con todos los requisitos de un curso básico.

Véase también AMC del apéndice III de la Parte 147 "Certificados de reconocimiento” a que se refiere la Parte 147.

Para aquellos casos en los que hayan cursado TODAS las horas de formación teórica y formación práctica de un curso básico (incluyendo las prácticas en entorno real) de acuerdo con la normativa anterior al Reglamento (UE) 2023/989, y se examinen de algunos módulos en exámenes por libre bajo el Reglamento (UE) 2023/989 en otras organizaciones Parte 147 o en la Autoridad, se considerará formación relevante.

La formación relevante sirve para reducir el requisito de experiencia básica para obtener una licencia LMA Parte 66.

Se considerará formación relevante:

  • Ciclos de formación profesional de grado superior en las especialidades siguientes:
    • Técnico Superior en Mantenimiento Aeromecánico (para B1).
    • Técnico Superior en Mantenimiento de Aviónica (para B2).
       
  • Ciclos formativos de grado superior en mantenimiento de las especialidades siguientes:
    • Aeromecánico de aviones con motor de turbina (para B1.1).
    • Aeromecánico de aviones con motor de pistón (para B1.2).
    • Aeromecánico de helicópteros con motor de turbina (para B1.3).
    • Aeromecánico de helicópteros con motor de pistón (para B1.4).
    • Sistemas electrónicos y aviónicos en aeronaves (para B2).
       
  • Formación correspondiente a un curso de formación básica en una subcategoría de B1 distinta a la solicitada obtenido en una organización Parte 147.
     
  • Para aquellos casos en los que hayan cursado TODAS las horas de formación teórica y formación práctica de un curso básico (incluyendo las prácticas en entorno real) de acuerdo con la normativa anterior al Reglamento (UE) 2023/989, y se examinen de algunos módulos en exámenes por libre bajo el Reglamento (UE) 2023/989 en otras organizaciones Parte 147 o en la Autoridad.

No obstante, la consideración de formación relevante no exime de la superación de los exámenes correspondientes a los módulos de formación básica de la Parte 66 de la categoría o subcategoría de la licencia que se pretende obtener.

Se entiende por experiencia en aeronaves operativas lo siguiente:

  • La obtenida en la realización de tareas de mantenimiento sobre aviones que están siendo operados por operadores aéreos, organizaciones de aerotaxis, propietarios, etc.
  • La experiencia debe comprender un amplio espectro de tareas en complejidad, cantidad y variedad y tienen que ser realizadas en un entorno Parte 145 o Parte CAO.
  • Para las licencias L, es aceptable que la experiencia en mantenimiento se obtenga solo durante fines de semana y días festivos, siempre que se alcance el nivel correspondiente a la categoría/subcategoría que se pretende obtener. 

Los formatos que se deben de utilizar para documentar los registros de experiencia están disponibles la sede electrónica:

Gestión de licencia de técnico de mantenimiento LMA (Parte 66)

LIC-P66-P01-F02 Registro de experiencia de básica. Deberá cumplimentar al menos un formato para cada subcategoría que solicite. Dicho registro será emitido y firmado por la organización de mantenimiento a petición del solicitante de licencia en un plazo de tiempo razonable.

Con el objetivo de apoyar a los aspirantes en su formación y en la obtención de las licencias de Técnico de Mantenimiento de Aeronaves (TMA) de categoría L, AESA pone a su disposición una selección de preguntas orientativas correspondientes a los distintos módulos teóricos.

Estos documentos han sido desarrollados en colaboración con el Real Aeroclub de España (RACE) y están diseñados como herramienta de refuerzo para facilitar la preparación de los exámenes. Se trata de material de apoyo y se encuentra alineado con los contenidos exigidos en el examen teórico de la licencia categoría L.
Se encuentran en: Preparación de los exámenes para la obtención de licencias de TMA categoría L.

AESA ha publicado una bibliografía que se ha utilizado para la creación de preguntas de examen, y que, por lo tanto, puede servir para estudiar. Se encuentra en: Exámenes para la obtención de licencia de mantenimiento de aeronaves.

Existen 2 sedes habilitadas:

  • SEDE DE MADRID

Departamento de exámenes – Avda. Hispanidad nº 12
EDIFICIO DE CRISTAL – 2ª PLANTA – CBT 3
Horario de exámenes de 08:30 a 14:30 hrs.
Telf.: (+34) 91 301 94 38
Fax: (+34) 91 301 94 35
e-mail: Info.lma@senasa.es

  • SEDE DE BARCELONA

CENTRE DE PROMOCIÓ ECONÓMICA.
AJUNTAMENT DEL PRAT DE LLOBREGAT.

 

Se harán exámenes electrónicos en aquellos institutos que impartan los ciclos formativos de grado superior en mantenimiento aeronáutico que lo soliciten a AESA, una vez que AESA considere que es factible por instalaciones y por número de examinandos.

En relación con los módulos aprobados en los exámenes de AESA, encontrará información sobre la solicitud de los Certificados de Reconocimiento en el este enlace.

Hay que rellenar una Solicitud de certificado de reconocimiento según formato FOR-66EE-P01-F01, que se encuentra en el catálogo de procedimientos y servicios de la Sede Electrónica de AESA con el nombre de “Certificados de reconocimiento de AESA sobre exámenes LMA Parte 66”, dentro del apartado “Licencias y medicina aeronáutica”: 

O bien por correo postal o mensajería a la Sede Central de AESA:

AESA - Servicio de Licencias y Formación de Técnicos de Mantenimiento
Paseo de la Castellana, 112.
28046-Madrid - España

Para una mayor rapidez en la tramitación de la solicitud, existe la posibilidad de presentar una solicitud telemática a través del catálogo de procedimientos y servicios de la Sede Electrónica de AESA con el nombre de “Gestión de licencia de técnico de mantenimiento LMA Parte 66”, dentro del apartado “Licencias y medicina aeronáutica”:

Gestión de licencia de técnico de mantenimiento LMA (Parte 66)

Si se presenta en papel, las solicitudes podrán entregarse en cualquier registro oficial de la administración del Estado (Art. 16 de la Ley 39/2015). Y deberá ir dirigida al Servicio de Licencias y Formación de Técnicos de Mantenimiento de la Dirección de Seguridad de Aeronaves de AESA:

Servicio de Licencias y Formación de Técnicos de Mantenimiento
Dirección de Seguridad de Aeronaves
AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AÉREA
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid
Teléfono: +34.91.396.87.18

Además de la solicitud, en el registro deberá aportar también toda la documentación necesaria para el trámite que solicita.
No es posible aportar documentación por correo electrónico, pues no es un registro oficial válido. Si se envía alguna solicitud por este medio no será evaluada.

  • Hay que rellenar una Solicitud de certificado de reconocimiento según formato FOR-66EE-P01-F01, que se encuentra en el catálogo de procedimientos y servicios de la Sede Electrónica de AESA con el nombre de “Certificados de reconocimiento de AESA sobre exámenes LMA Parte 66”, dentro del apartado “Licencias y medicina aeronáutica”:

Certificados de reconocimiento de AESA sobre exámenes LMA Parte 66

  • O bien por correo postal o mensajería a la Sede Central de AESA:

AESA – Servicio de Licencias y Formación de Técnicos de Mantenimiento
Paseo de la Castellana, 112. 28046-Madrid. España

Son válidos. La única diferencia es que el certificado de reconocimiento en el que figuren responde al formato EASA 148, mientras que los exámenes básicos aprobados a partir del 12 de junio de 2024 figurarán en un formato EASA 148a si se han realizado en una organización Parte 147, o en un formato EASA 148b (si se han realizado con la Autoridad).