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Habilitaciones de tipo, clase, instrumental - La evaluación de refresco, ¿puede ser teórica o es en vuelo?

  • De acuerdo con la Resolución de AESA de fecha 18.03.2020, en el caso de acogerse a esta Resolución, la evaluación a llevar a cabo será la determinada por el Operador en consonancia con la exención a la que pueda acogerse con su Autoridad.
  • Para los casos contemplados en la Resolución de AESA de fecha 05.05.2020 y en el caso de acogerse a esta Resolución, el briefing será conducido como determine el instructor.