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Habilitaciones de tipo, clase, instrumental - ¿A cuánto se extiende la validez de la habilitación?

  • Las habilitaciones de clase, tipo e instrumentos incluidas en la licencia, referidas en el apartado (e) (1) de la Resolución de AESA de fecha de 18.03.2020, que sean válidas a fecha 14 de marzo de 2020, y cuyo periodo ordinario de validez expirase antes del 31 de julio de 2020, se extiende la validez de dichas habilitaciones por 4 meses desde la caducidad.

    Antes de la finalización del periodo de 4 meses referido, si AESA considera que las razones para la emisión de esta exención siguen siendo aplicables, se podrá extender el periodo de validez de la habilitación o certificado otros 4 meses o hasta la finalización del periodo de validez de esta resolución, lo que ocurra antes.
  • Para los casos contemplados en la Resolución de AESA de fecha 05.05.2020, la extensión de validez por 4 meses se aplica a las habilitaciones de tipo, clase, vuelo instrumental y de montaña que sean válidas a fecha 14 de marzo y cuyo periodo ordinario de validez expirase antes del 31 de julio de 2020, anotadas en las licencias de piloto Parte FCL, cuyos titulares cumplan las siguientes condiciones:
  1. Dispongan de una habilitación de clase, o tipo para operar aeronaves de dichas clases y tipos que no estén incluidos en organizaciones para las que es aplicable el Anexo III al Reglamento (UE) 965/2012.
  2. Dispongan de una anotación de competencia lingüística válida.
  3. Hayan recibido un briefing impartido por un instructor con las debidas atribuciones de instrucción, en el que se refresquen los conocimientos teóricos necesarios para operar de manera segura la habilitación de la que se trate y llevar a cabo de manera segura las maniobras y procedimientos aplicables. Este briefing incluirá los procedimientos anormales y de emergencia específicos de la habilitación de la clase o tipo de aeronave aplicable y debe ser previo a la aplicación de la extensión.