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Ámbito general - ¿Se contempla la posibilidad de los plazos de exención definidos por cuatro meses se vean modificados?

Antes de la finalización del periodo de cuatro meses referidos en los apartados correspondientes de las Resolución de AESA de fecha 18.03.2020 como en la Resolución de AESA de fecha 05.05.2020, si AESA considera que las razones para la emisión de esta exención siguen siendo aplicables, podrá valorar extender el periodo de validez de la habilitación o certificado otros 4 meses o hasta la finalización del periodo de validez de esta resolución, lo que ocurra antes.

En este sentido le recomendamos mantenerse actualizado sobre las posibles actualizaciones que pudieran afectar al ejercicio de las atribuciones de su licencia, habilitación y/o certificado.