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¿Es obligatorio que los descansos parciales en tierra correspondientes a una actividad partida que sean mayores de 6 horas o invadan la ventana de bajo ritmo circadiano (WOCL) tengan lugar en un alojamiento adecuado?

ORO.FTL.220 No. También pueden realizarse en un alojamiento que no cumpla los requisitos de alojamiento adecuado. Si tiene lugar en un alojamiento adecuado, todo el descanso parcial en tierra (excluyendo actividades post y pre vuelo y desplazamientos) cuenta a efectos de la extensión del máximo FDP, según CS FTL.1.220 (c) y (d). Si tiene lugar en un alojamiento (no adecuado), el exceso sobre las 6 horas o el periodo que invada el WOCL no cuentan a efectos de la extensión del máximo FDP, según CS FTL.1.220 (e).