Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

¿Cómo se identifican los Inspectores en Rampa?

 

Además de recibir un nombramiento como inspector en rampa que les habilita como personal cualificado para la realización de dichas inspecciones, todos los inspectores en rampa deberán estar acreditados durante la actuación material de inspección, para lo cual deberán portar obligatoriamente el correspondiente Carné de Inspector y la orden de actuación emitidos por AESA, conforme a lo indicado en el Artículo 11 and el Artículo 12. del Real Decreto 98/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de inspección aeronáutica. Dichos documentos son suficientes para una correcta identificación, no siendo necesario ni obligatorio mostrar por parte del inspector otros documentos identificativos (p.ej. DNI etc.), si bien, podrían por cortesía podrían mostrarse a petición del inspeccionado.