Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Solicitud de exención del IVA/IGIG para las aerolíneas en la facturación de las tasas por los servicios de navegación aérea

Solicitud de exención del IVA/IGIG para las aerolíneas en la facturación de las tasas por los servicios de navegación aérea

Martes, Diciembre 29, 2020
Suscribirse a canal de noticias Noticias Aesa

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) junto con la Dirección General de Aviación Civil y ENAIRE ha llevado a cabo un proceso para normalizar y dar soporte a la aplicación de la exención de los impuestos indirectos (IVA/IGIC) por los servicios de navegación aérea prestados a las aerolíneas, cuando se cumplan los requisitos marcado en el artículo 10 del Real Decreto 1624/1992 del IVA.

La solicitud de dichas exenciones tiene que realizarse en ENAIRE que ha puesto a disposición de las compañías aéreas toda la información relativa a este proceso, incluyendo un modelo de declaración responsable que deberá ser firmado por el Director Responsable de la compañía aérea y remitido al email declaracionexencionindirectos@enaire.es en caso de que los servicios de transporte aéreo comercial prestados cumplan las condiciones previstas en la normativa anteriormente citada.

En cumplimiento de la normativa aplicable y dado que el año fiscal comenzará el próximo 1 de enero de 2021, las compañías podrán ejercer este derecho desde el día 1 hasta el día 11 de enero de 2021.