Nueva actualización normativa para impulsar el sector de los drones en España


Martes, Junio 4, 2024

 

Real Decreto de UAS.

  • - El nuevo Real Decreto de UAS desarrolla un marco normativo para el uso civil de los sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS) coherente con la norma europea de forma que aporte estabilidad y seguridad jurídica al sector de los drones en España.

  • - El nuevo marco normativo entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

  • - Entre las novedades del nuevo Real Decreto de UAS para operaciones EASA se encuentra la formación en categoría específica autorizada, la exención de seguros y reducción de edad mínima de pilotos a distancia en categoría abierta.

  • - Además, la nueva normativa establece una nueva zonificación, desarrolla el marco normativo U-Space e introduce cambios en las operaciones No EASA civiles de UAS.

 

Madrid, 4 de junio de 2024 (AESA)

El Consejo de Ministros, en su reunión de hoy, ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrolla el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS, Unmanned Aircraft Systems) aportando estabilidad y seguridad jurídica al sector de los drones en España. De este modo, con esta regulación se completa la normativa de la Unión Europea (Reglamento Delegado (UE) 2019/945 y del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947) y se deroga el Real Decreto 1036/207 que regulaba la utilización civil de estas aeronaves.

El nuevo marco normativo entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Las principales novedades incluidas en el nuevo Real Decreto se encuentran en cambios y regulaciones dentro de las operaciones EASA, la creación de una nueva zonificación de UAS, el desarrollo del marco normativo para U-Space, y la aplicación del régimen jurídico a las operaciones No EASA.

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), en su compromiso con el servicio público a los usuarios, modificará toda la información al respecto en el ámbito “UAS/Drones” de su web, donde se irá actualizando el contenido para mayor agilidad y comprensión de la normativa.

 

Operaciones EASA

Dentro de las operaciones de aeronaves EASA, es decir, aquellas operaciones de aeronaves para actividades o servicios incluidos en el ámbito de aplicación el Reglamento de Ejecución y el Reglamento Delegado (Reglamento Base de EASA), el nuevo Real Decreto introduce:

- Regulación de la formación en categoría específica autorizada. Se introduce la regulación de las Entidades Designadas y se crea la figura del Instructor, Examinador y Evaluador.

- Exenciones de seguros obligatorios de responsabilidad civil en categoría abierta.

- Reducción de la edad mínima de pilotos a distancia para operaciones en categoría abierta, que pasa a 14 o 12 años según la subcategoría y el tipo de UAS utilizado.

 

Nueva Zonificación

Además de las reglas generales de drones en función de la categoría operacional, dependiendo del lugar o tipo de actividad a desarrollar, el operador puede estar sujeto al cumplimiento de otros requisitos. Con la actualización normativa en relación a la zonificación, se establecen requisitos y limitaciones aplicables al uso de UAS con un esquema más ajustado al nuevo entorno regulatorio europeo. Los principales cambios son:

- Finaliza la distinción entre actividades recreativas y profesionales y sus requisitos concretos de zonificación.

- Se establece una normativa unificada adaptada a las necesidades de operaciones No EASA.

- Se elimina la necesidad de coordinar las operaciones de UAS en espacio aéreo controlado, siempre que esté fuera del entorno de aeródromos/helipuertos y no supere la altura máxima de 60 metros.

- Se establecen zonas generales y un marco para la creación de zonas particulares por motivos de seguridad operacional y pública, privacidad y protección del medio ambiente. El establecimiento de estas zonas se hará a iniciativa de CIDETRA o por petición de la administración pública, estatal o autonómica.

- Se crea un marco para la publicación digital única de las zonas geográficas de UAS.

- Se modifica el RD 1919/2009 relativo a las demostraciones aéreas, equiparando ciertos requisitos a los establecidos en la regulación europea, como las distancias a personal no involucrado. Además, se incluye la obligación de gestión de NOTAM directamente por el director de la demostración con el proveedor de servicios de tránsito aéreo (ATSP) afectado, sin que AESA ejerza de intermediario.

 

Marco normativo U-space

La nueva norma completa también el régimen jurídico del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/664 sobre un marco regulador para el U-Space (Reglamento U-Space), en materia de organización y competencias. En este sentido, la Comisión Interministerial de Defensa y Transportes (CIDETRA) es la responsable de designación del espacio aéreo como U-Space. Asimismo, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible es el ente responsable de la designación para todos los espacios aéreos y U-Space de responsabilidad española del proveedor de servicio de información común (CISP) único certificado.

En este contexto, AESA es la autoridad competente para resolver la expedición, modificación, revocación, suspensión o limitación de los certificados del proveedor de servicio de información común (CISP) y de los certificados de proveedor de servicios U-Space (USSP), así como para la supervisión dichos proveedores.

 

Operaciones No EASA civiles

El nuevo Real Decreto establece también el régimen jurídico aplicable a las operaciones No EASA civiles con UAS, es decir, actividades o servicios de aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contra incendios, control fronterizo, vigilancia costera, o similares, excluidos del ámbito de aplicación de la regulación de la Unión Europea.

En este sentido, se dispone el marco EASA, eliminando ciertos requisitos como la limitación operacional con UAS de hasta 25 kg de masa máxima al despegue (MTOM). De esta forma, se podrán realizar operaciones en categoría “específica” autorizada siempre y cuando se disponga de una evaluación de riesgos operacionales en base a la metodología SORA y la aplicación de las correspondientes medidas de mitigación. Adicionalmente, se implanta un esquema de formación específico y la creación de Entidades Facultadas para la formación en escenarios estándar nacionales (STS-ES) en estas operaciones.

Por último, dentro de este ámbito, el nuevo RD trae una diferenciación entre operaciones realizadas directamente por un organismo investido de autoridad pública (directas) o las realizadas por un operador de UAS en nombre de este (indirectas).

La elaboración de este Real Decreto ha contado con la participación del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Industria y Turismo, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y el Ministerio de Transformación Digital y Función Pública, así como del resto de agentes del sector.

 

Sobre AESA

AESA es el organismo del Estado, adscrito a la Secretaría de Estado de Transporte del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, que vela para que se cumplan las normas de aviación civil en el conjunto de la actividad aeronáutica de España. La Agencia tiene las misiones de Supervisión, Inspección y Ordenación del Transporte Aéreo, la Navegación Aérea y la Seguridad Aeroportuaria. Evalúa los riesgos en la seguridad del transporte y tiene potestad sancionadora ante las infracciones de las normas de aviación civil.