Ampliación de plazos de las excepciones de salida de Reino Unido para las Organizaciones de Mantenimiento y de Formación de Técnicos de Mantenimiento

Madrid, 17 de diciembre de 2021 (AESA)
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) informa a las Organizaciones de Mantenimiento y a las de Formación de Técnicos Mantenimiento de Aeronaves de las novedades de la Autoridad Civil de Aviación (CAA) del Reino Unido, en relación con el final de los plazos de aplicación de las excepciones de salida de Reino Unido de la Unión Europea próximos a expirar, y los nuevos requisitos que entran en vigor para las excepciones existentes:
- La CAA ha extendido las excepciones relevantes para las Organizaciones de Mantenimiento y las Licencias Parte 66 por otro año adicional (hasta finales de 2022). Estas excepciones permiten que la Organización y el titular de la licencia continúen usando su aprobación EASA/licencia EASA Parte 66, incluso si se introdujeron cambios con posterioridad al 31 de diciembre de 2020 (siempre y cuando soliciten una aprobación/licencia UK-Parte 66 a la CAA para obtener el alivio de la excepción aplicable). Para más información pueden consultar el siguiente enlace de la página web de la CAA:
- Por otro lado, la CAA atendiendo a los términos de las excepciones existentes y a los nuevos requisitos que se activarán el 1 de enero de 2022, dispone también de las excepciones que permiten la aceptación continua de los Formatos 1 de EASA. Para ello, la Organización debe haber solicitado una aprobación a la CAA (no que haya recibido la aprobación, sino que la haya solicitado y esté en proceso de tramitación). Para más información pueden consultar el siguiente enlace de la página web de la CAA:
Si una organización con aprobación EASA no desea solicitar una aprobación del Reino Unido, solo hay dos opciones disponibles:
- Uso de una pieza bajo la Parte 145.A.50(f) por un máximo de 30 horas de vuelo cuando la aeronave está AOG lejos de una base principal; o
- Solicitar una exención del artículo 71(1): Apply for an exemption under Article 71 | UK Civil Aviation Authority (caa.co.uk)
Estas últimas medidas son de naturaleza limitada y no sostendrán el problema a largo plazo.
- Por otro lado, la CAA ha emitido una nueva excepción de la Parte 147, en la que nuevamente permite que un titular de una aprobación EASA Parte 147 continúe apoyando a los titulares de una licencia parte 66 de la CAA UK con un Certificado de Reconocimiento para su cualificación, incluso después de que el Certificado de Aprobación de la Organización Parte 147 haya experimentado cambios después del 31 de diciembre de 2020, siempre y cuando soliciten una aprobación UK-Parte147 a la CAA británica para obtener el alivio de la excepción aplicable. Para más información pueden consultar el siguiente enlace de la página web de la CAA UK:
Para que las Organizaciones puedan ver quién ha presentado una solicitud, la CAA proporciona el siguiente apartado web con una lista de “Organizaciones Pendientes de Aprobación”:
List of approved organisations | UK Civil Aviation Authority (caa.co.uk)