AESA publica la Guía técnica de Armonización de los Planes de Autoprotección de los aeropuertos con los Planes de Protección Civil


Lunes, Octubre 25, 2021

 

Madrid, 25 de octubre de 2021 (AESA)

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha publicado la Guía técnica de armonización de los Planes de Autoprotección de los aeropuertos con los Planes de Protección Civil previstos en la Directriz  Básica de Planificación de Protección Civil ante Emergencias Aeronáuticas de Aviación Civil del Ministerio del Interior aprobada por el Real Decreto 837/2020, con el objetivo de facilitar a las Comunidades Autónomas los requisitos exigidos por la normativa sectorial aeronáutica en la elaboración de sus Planes de Protección Civil.

La normativa sectorial aeronáutica establece como requisito que una instalación aeroportuaria cuente con un Plan de Emergencia del Aeródromo para la atención de emergencias de tipo aeronáutico dentro y fuera del aeródromo. Dicha necesidad queda satisfecha con la existencia conjunta de un Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias Aeronáuticas (PEPCEA) de la comunidad autónoma correspondiente y un Plan de Autoprotección (PA) del aeródromo debidamente coordinados entre sí, así como de otra documentación adicional relacionada con uno o ambos documentos para dar respuesta a la normativa sectorial.

La guía elaborada por AESA tiene como objetivo servir como recomendación para armonizar, a efectos de protección civil, los requisitos exigidos por la normativa sectorial aeronáutica respecto de los Planes de Autoprotección de las instalaciones aeronáuticas, con los planes de protección civil previstos en la Directriz.

De esta manera, en la elaboración y/o actualización de los PEPCEA por parte de las comunidades autónomas, sería recomendable seguir las indicaciones referidas en esta guía para considerar también los requisitos aeronáuticos. De igual forma, para garantizar la adecuada coordinación entre Plan de Autoprotección (PA) y Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias Aeronáuticas (PEPCEA), sería conveniente involucrar al gestor aeroportuario en los aspectos a definir de manera coordinada de acuerdo con la Directriz.

La guía se desarrolla considerando los requisitos establecidos para aeropuertos certificados y verificados, en el Reglamento 139/2014 y el RD 862/2009, respectivamente.

En lo que respecta a los aeródromos de uso restringido, estos requisitos se recogen en el Real Decreto 1070/2015 y en ellos se refiere la necesaria coordinación con los organismos implicados en caso de emergencia, por lo que también deberán ser tenidos en cuenta por los PEPCEA. Sin embargo, el tamaño de estos aeródromos y el nivel de detalle de estos requisitos no justifican la aplicación de esta guía, por lo que su aplicabilidad deberá ser considerada teniendo únicamente en cuenta lo indicado en el citado RD 1070/2015.

En tanto la comunidad autónoma de aplicación al aeródromo no disponga de PEPCEA según lo establecido en esta Guía, se mantendrán los procedimientos de actuación y coordinación existentes actualmente.

En caso de emergencias relacionadas con actos ilícitos (apoderamiento ilícito de aeronave, sabotaje, amenaza de explosivos, etc.), así como en Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional, estos planes podrán aplicarse como apoyo para paliar las consecuencias sobre las personas y sus bienes, quedando, no obstante, subordinados a lo dispuesto en la normativa en cada caso aplicable.

Descargar la guía