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Formacion en mercancias peligrosas - ¿Hay algún requisito adicional para el personal que habiéndole expirado el curso de formación en mercancías peligrosas por vía aérea tiene que continuar trabajando?

Según el artículo 9 b) de la Orden TMA/285/2020, de 25 de marzo, se han de adoptar las medidas necesarias alternativas para velar por que el personal afectado mantenga la aptitud, conocimientos y estén al día de los cambios que se hayan producido en las Instrucciones Técnicas para el Trasporte Seguro de Mercancías peligrosas por vía aérea OACI Doc9284/AN905, y que afecten al desarrollo de sus funciones.