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Última modificación: Viernes, 19 Diciembre 2025

Aviso sobre el uso del halón como agente extintor en cabina de pasajeros

Aviso sobre el uso del halón como agente extintor en cabina de pasajeros

Viernes, Diciembre 19, 2025
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  • El reglamento europeo establece el 31 de diciembre como plazo límite para el uso de agentes extintores portátiles con los tipos de halón 1211 y 2402.
  • La autoridad competente en esta materia es el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO), al considerarse una sustancia que deteriora la capa de ozono.

 

Madrid, 19 de diciembre de 2025 (AESA)

La Agencia Estatal de Seguridad Aerea (AESA) informa que, en virtud del Reglamento (UE) 2024/590 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, se establecen plazos límite para determinados usos críticos del halón como agente extintor.

En particular, en su Anexo V, de usos críticos de los halones a que se refiere el artículo 9, apartado 1, fija como fecha de finalización el 31 de diciembre de 2025 para el uso de agentes extintores portátiles con los tipos de halón 1211 y 2402 para la protección de las cabinas de pasajeros y de vuelo.

La Comisión Europea interpreta que las aeronaves que cumplan las reglas de seguridad aérea pueden seguir en funcionamiento como hasta ahora, si bien se produce una infracción inherente al Reglamento (UE) 2024/590, por no haber sustituido los extintores en plazo. Son pues los Estados Miembro los que pasan a ejercer su potestad de hacer cumplir con los preceptos de este Reglamento en sus territorios.

Según informa el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO), autoridad competente en esta materia en España, los responsables de las aeronaves afectadas deberán establecer un calendario de sustitución del halón en extintores portátiles para la protección de las cabinas de pasajeros y de vuelo, incluyendo cierta información al respecto, y comunicarla a la mayor brevedad posible a la Subdirección General para la Prevención de la Contaminación para su aprobación, al buzón: bzn-sgpc@miteco.es.


En el siguiente enlace a la web de MITECO pueden encontrar toda la información al respecto:

https://www.miteco.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/productos-quimicos/sustancias-agotan-capa-ozono/prohibicion-del-uso-del-halon-12110.html   

Por último, la Agencia de la Unión Europea de Seguridad Aérea (EASA) ha aclarado que el incumplimiento del Reglamento (UE) 2024/590 respecto a los extintores de halón después de la fecha límite no afecta la aeronavegabilidad de la aeronave y no obliga a los Estados miembros a inmovilizar una aeronave. Pueden ampliar esta información en la siguiente noticia publicada en la web de EASA:

https://www.easa.europa.eu/en/newsroom-and-events/news/end-year-milestone-phase-out-halon-extinguishers