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¿Puede un operador obligar a que los tripulantes se chequeen, es decir, que confirmen programaciones o contesten a la notificación de un cambio de programación?

ORO.FTL.110; ORO.FTL.205; ORO.FTL.105
Sí, pero un chequeo obligatorio es una actividad y por tanto interrumpe cualquier descanso, y no podrá realizarse en periodo de descanso extendido recurrente ni en el descanso previo a la actividad de vuelo. Si el chequeo incluye un cambio, este deberá cumplir con los criterios de cambios en lo relativo a tiempos mínimos de comunicación, etc. El momento en el que se realiza el chequeo debe establecerse teniendo en cuenta las responsabilidades definidas en ORO.FTL.110, en particular lo relativo a que las tripulaciones puedan gestionar adecuadamente su descanso para estar suficientemente libres de fatiga.