Solicitud de exención del IVA/IGIG para las aerolíneas en la facturación de las tasas por los servicios de navegación aérea


Tuesday, December 29, 2020

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) junto con la Dirección General de Aviación Civil y ENAIRE ha llevado a cabo un proceso para normalizar y dar soporte a la aplicación de la exención de los impuestos indirectos (IVA/IGIC) por los servicios de navegación aérea prestados a las aerolíneas, cuando se cumplan los requisitos marcado en el artículo 10 del Real Decreto 1624/1992 del IVA.

La solicitud de dichas exenciones tiene que realizarse en ENAIRE que ha puesto a disposición de las compañías aéreas toda la información relativa a este proceso, incluyendo un modelo de declaración responsable que deberá ser firmado por el Director Responsable de la compañía aérea y remitido al email declaracionexencionindirectos@enaire.es en caso de que los servicios de transporte aéreo comercial prestados cumplan las condiciones previstas en la normativa anteriormente citada.

En cumplimiento de la normativa aplicable y dado que el año fiscal comenzará el próximo 1 de enero de 2021, las compañías podrán ejercer este derecho desde el día 1 hasta el día 11 de enero de 2021.