Navegación aérea
Esquema de rendimientos y supervisión económica
Descripción
- Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373 de La Comisión de 1 de marzo de 2017 por el que se establecen requisitos comunes para los proveedores de servicios de gestión del tránsito aéreo/navegación aérea y otras funciones de red de gestión del tránsito aéreo y su supervisión, por el que se derogan el Reglamento (CE) nº 482/2008 y los Reglamentos de Ejecución (UE) nº 1034/2011, (UE) nº 1035/2011 y (UE) 2016/1377, y por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 677/2011.
- Reglamento de ejecución (UE) 2019/317 de la Comisión de 11 de febrero de 2019 por el que se establece un sistema de evaluación del rendimiento y de tarificación en el cielo único europeo y se derogan los Reglamentos de Ejecución (UE) nº 390/2013 y (UE) nº 391/2013
- Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1627 de la Comisión de 3 de noviembre de 2020 sobre medidas excepcionales para el tercer período de referencia (2020-2024) del sistema de evaluación del rendimiento y de tarificación en el cielo único europeo debido a la pandemia de COVID-19
- Supporting Material – RP3 Safety (K)PI: Measurement of the safety key performance indicator and safety performance indicators in the SES Performance and Charging Scheme: Part (A), Part (B) and Part (C)
Dentro de la Dirección de Aeropuertos y Navegación Aérea, DSANA, se lleva a cabo una supervisión y revisión periódica del rendimiento y de los aspectos económicos de los servicios de navegación aérea. Actualmente nos encontramos en el tercer período de referencia, RP3 (2020-2024), en el que la Comisión Europea adoptó a escala de la Unión, los objetivos de rendimiento para los indicadores clave de rendimiento de las cuatro áreas de rendimientos: seguridad, medio ambiente, capacidad y rentabilidad.
Para este tercer período de referencia España cuenta con un plan de rendimientos nacional, el ESPP3, todavía en fase de borrador dada la actual crisis por la que atraviesa el sector del tráfico aéreo. Directamente relacionado con este ámbito se encuentra el establecimiento de un sistema común de tarificación (charging scheme) de los servicios de navegación aérea.
La normativa aplicable en este proceso es la siguiente:
Perfomance Scheme
- Anualmente: “ESPP3 – RP3 Monitoring Report” con el que se monitoriza el Plan de Rendimientos nacional.
- Periódicamente, a lo largo del año se realiza la monitorización de los indicadores nacionales de rendimiento de capacidad y medio ambiente.
En AESA se lleva a cabo la supervisión periódica del rendimiento de los servicios de navegación aérea dentro del marco del Reglamento de Ejecución (UE) nº 2019/317, englobando al ESPP3, Plan de rendimiento español para el tercer período de referencia.
EOSM
- Una serie de indicadores de seguridad operacional, con metas vinculantes desde 2020, entre los que se encuentra:
- Se establece el marco de supervisión en el ámbito del rendimiento, cuya función se encomienda a las Autoridades Nacionales de Supervisión (NSAs o National Security Agencies – en España AESA).
- RP3 Safety (K)PI – Supporting Material Part (A)
- RP3 Safety (K)PI – Supporting Material Part (B)
- RP3 Safety (K)PI – Supporting Material Part (C)
Dentro de la iniciativa regulatoria de Cielo Único Europeo, el Reglamento de Ejecución (UE) nº 2019/317, por el que se establece un sistema de evaluación del rendimiento y de tarificación (en adelante Reglamento de Ejecución (UE) nº 2019/317) establece el marco de supervisión en el ámbito del rendimiento en el área de seguridad operacional.
En el Reglamento de Ejecución (UE) nº 2019/317 se fijan dos elementos fundamentales:
a) EoSM: Efectiveness of Safety Management o Eficacia en la Gestión de la Seguridad Operacional, el cual mide el grado de ejecución de los objetivos de gestión de la seguridad e indica la madurez de seguridad.
La Comisión ha desarrollado un material de apoyo para la implementación y medición de este indicador de rendimiento de seguridad (SPI) para el tercer período de referencia:
La medición del indicador de EoSM se basa en cuestionarios de autoevaluación detallados en este material de apoyo, que a su vez establecen la necesidad de que éstos, una vez rellenados por los ANSPs, sean revisados por las NSAs antes de su remisión a EASA.
El objeto de esta evaluación es proporcionar una visión de la madurez de los sistemas de gestión de la seguridad operacional de los proveedores de servicios de navegación aérea que operan actualmente en España.
Supervisión Económica
En AESA se lleva a cabo la supervisión económica de los proveedores certificados que prestan sus servicios de navegación aérea en territorio español, así como de las organizaciones de formación de personal ATS.
A través de esta supervisión continuada se verifica que los proveedores de servicios puedan cumplir con sus obligaciones financieras, de manera que se garantice la viabilidad económica de la actividad que desarrollan y se evidencie que disponen de la capacidad suficiente para llevar a cabo esa actividad y puedan asegurar la continuidad de esas actividades conforme a la normativa aplicable.
Adicionalmente AESA verifica que los proveedores de servicios de navegación aérea disponen de la cobertura de seguros adecuada frente a responsabilidades en que pudieran incurrir que deriven de la legislación vigente.
Tarifas de navegación aérea
- Decreto 1675/1972 de 26 de junio, por se aprueban las tarifas a aplicar por el la Red de Ayudas a la Navegación (EUROCONTROL)
AESA coordina el reporte de costes y el establecimiento de las tarifas de navegación aérea de ruta y aproximación.
Las tarifas de ruta de aplicación son actualizadas a través de una Orden Ministerial que modifica el apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol) y se modifica el tipo de interés por mora en el pago de dichas tarifas.
La actualización de las tarifas de ruta puede verse en el siguiente enlace:
Las tarifas de aproximación de aplicación son adoptadas a través de la actualización del artículo 22 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.