Vuelos en los que aplica el Reglamento 1107/2006

    Las disposiciones del Reglamento son aplicables a las personas con discapacidad o movilidad reducida que utilicen o pretendan utilizar vuelos comerciales de pasajeros que salgan, lleguen o transiten por aeropuertos situados en el territorio de la Unión Europea.

    En concreto La Agencia Estatal de Seguridad Aérea es competente para los pasajeros que salgan, lleguen o transiten por aeropuertos situados en el territorio español.

       
     

     

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