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¿Cómo establecer otros modos posibles (o medios alternativos de cumplimiento) a los modos admisibles (o medios aceptables de cumplimiento) desarrollados en las ITE y GUI)?

Si un interesado que sea objeto de inspección establece otro modo posible (o medio alternativo de cumplimiento) al modo admisible (o medio aceptables de cumplimiento), desarrollado en una ITE y/o GUI, deberá demostrar que su alternativa tiene y mantiene un nivel de seguridad homólogo al del modo admisible. Para ello, es recomendable que el interesado realice un análisis o gestión de riesgos, preferiblemente el marco de su Sistema de Gestión de Seguridad (SGS), que evidencie dicha equivalencia.

¿Con qué periodicidad y que tipo de inspección de control normativo se aplica a cada inspeccionado?

El objetivo de AESA en el ámbito de la vigilancia continuada supone la realización de inspecciones anuales en los aeropuertos con más de 10 millones de pasajeros al año, y bianuales en el resto.

Asimismo, la Agencia ha desarrollado un plan cíclico de inspección de control normativo que, a partir de 2015 y de forma coherente con la entrada en vigor del Reglamento (UE) Nº 139/2014, no excederá de 48 meses.

¿Qué documentos se generan en el proceso inspección?

  • En el proceso de inspección se generan principalmente los siguientes documentos:
    • Orden de actuación: AESA nombra al personal inspector y personal actuario, autorizándoles para la realización de inspecciones de ciertas instalaciones durante el año en curso.
    • Comunicación de incoación de actividades inspectoras (CIAI): Se informa al inspeccionado de la tipología de la inspección, fechas y la normativa que ampara la actuación inspectora.
    • Designación de equipo inspector (DES): Se informa al