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¿Puedo realizar un pago desde el extranjero?

Las personas o entidades no residentes en territorio español que deban solicitar de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea la realización de actividades o la prestación de servicios de su competencia en materia de navegación aérea, debiendo para ello abonar la tasa correspondiente, podrán hacerlo mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria restringida de recaudación de tasas de la Agencia, en la entidad La Caixa y se identifica mediante el código: Código Internacional de cuenta bancaria: IBAN ES19 2100 5731 71 0200076413 y Código Swift: CAIXESBBXXX

¿Me he confundido al pagar la tasa, qué tengo que hacer?

Si ha efectuado un pago por un importe menor al que le corresponde, podrá realizar un pago complementario a través del siguiente enlace:

https://sede.seguridadaerea.gob.es/sede-aesa/catalogo-de-procedimientos/pago-de-tasas.

Seleccione la tarifa correspondiente, actualizar y una vez localizada, marcar “Pago de Cantidades complementarias” indicando el número del justificante del primer pago así como la diferencia a abonar.