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Puede una CAMO prorrogar el ARC de un avión, durante el mantenimiento, con un CRS parcial previo al MCF (Vuelo de verificación de mantenimiento)

Los puntos M.A.901(c)(2) y (f) permiten a la CAMO que gestiona la aeronave prorrogar el ARC sujeto a las condiciones de M.A.901(b), para entorno controlado, y M.A.901(j), respecto a la prohibición de prorrogar el ARC si existen pruebas de que la aeronave no es aeronavegable.

 

El hecho de que el ARC expire durante el mantenimiento de base y se extendiera posteriormente tras CRS parcial antes del MCF no implicaría automáticamente que la aeronave no se encontrara en un entorno controlado.

 

¿Cómo puedo notificar a AESA que he renovado el Certificado de Aeronavegabilidad a través del formato declarativo F-DC-AFIS-20?

El formato F-DC-AFIS-20 debe ser enviado a través de la Web de AESA en Sede Electrónica de AESA  --> Tramitaciones telemáticas --> Solicitud general.

Si no dispusiera de certificado digital o Cl@ve, puede ser remitido también por correo postal certificado o a través de los demás cauces formales de la Administración a la siguiente dirección: Paseo de la Castellana 112. 28046 Madrid, dirigido a la División de Aeronavegabilidad Inicial. 

Se puede indicar en mi CdA que es aeronave acrobática

En el CdA de la aeronave ya no se muestra la modalidad de empleo de la aeronave (Acrobático, Normal o semiacrobático). Dicha modalidad se muestra en las Hojas de Características. El administrado podrá solicitar, a través del formato AI-CANO-P02-F13 - Solicitud de emisión-modificación de LEA, HC y CdRuido, la asignación de aeronave para vuelos acrobáticos, siempre y cuando se demuestre con las pruebas de vuelo pertinentes, la capacidad de vuelo de la aeronave para dicha asignación.

Los equipos WIFI deben aparecer nombrados en la Licencia de Estación de Aeronaves

Siguiendo estos criterios, los equipos WIFI no deben aparecer en la licencia de estación, ya que:

1. No es un equipo aeronáutico.

2. Las bandas de frecuencia son reservadas por otro Ministerio.

3. La certificación y adecuación del equipo las tendrá que realizar una organización con privilegios, aprobada por EASA.

Qué componentes son los que requieren Licencia de Estación

La Licencia de Estación es obligatoria para toda aeronave con matrícula española que disponga de equipos aeronáuticos transmisores.

 

¿Puedo volar mi aeronave teniendo la Licencia de Estación pendiente de aprobación?

 

No se podría volar, a menos que se presente un permiso de vuelo en el que se indique que no se compromete la seguridad del vuelo y esté debidamente justificado.

Para qué sirve un Certificado de Aeronavegabilidad Cómo lo obtengo cano

Un Certificado de Aeronavegabilidad CdA es el documento que acredita que una aeronave en condiciones de realizar vuelos bajo ciertos requisitos de seguridad. Dicho documento es emitido por la autoridad nacional donde se encuentre matriculada la aeronave.

 

Para aeronaves no EASA, cuyo diseño no esté amparado bajo un certificado de tipo vigente, no tengan un Documento de Definición de Configuración o estén amparada por un certificado de tipo o equivalente no aceptado por AESA, no les será aplicable la emisión de un CdA.

A qué se llama aeronave EASA y aeronave no EASA cano

Las aeronaves no EASA son aquellas aeronaves excluidas de la normativa EASA según el Reglamento 2018/1139 (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio. Entre ellas se encuentran las aeronaves ultraligeras motorizadas llamadas ULM, las Históricas, las Experimentales y las Aeronaves de Construcción por Aficionados. También se excluyen de la normativa EASA aquellas aeronaves que se empleen en el uso de operaciones militares, de patrulla, de policía, etc.

Se puede indicar en mi CdA que es aeronave acrobática

En el CdA de la aeronave ya no se muestra la modalidad de empleo de la aeronave (Acrobático, Normal o semiacrobático). Dicha modalidad se muestra en las Hojas de Características. El administrado podrá solicitar, a través del formato AI-CANO-P02-F13 - Solicitud de emisión-modificación de LEA, HC y CdRuido, la asignación de aeronave para vuelos acrobáticos, siempre y cuando se demuestre con las pruebas de vuelo pertinentes, la capacidad de vuelo de la aeronave para dicha asignación.