AESA publica un folleto informativo sobre la tramitación de NOTAM en la aviación general y deportiva


Tuesday, February 16, 2021

 

Madrid, 16 de febrero de 2021 (AESA)

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha publicado un folleto informativo sobre cuándo y cómo tramitar un NOTAM para realizar actividades de Aviación General y Deportiva en espacio aéreo controlado.

El objetivo es facilitar a los usuarios información relativa al proceso de publicación de NOTAM así como las normas fundamentales que les resultan aplicables con el objetivo de facilitar al usuario el acceso a las mismas, incorporando códigos QR para mejorar la accesibilidad.

Es necesario publicar un NOTAM para realización de actividades de Aviación General y Deportiva en espacio aéreo controlado:

  • Cuando la información que se tenga que distribuir sea, de carácter temporal y de corta duración,
  • Cuando se introduzcan con poco tiempo de preaviso cambios permanentes, o temporales de larga duración, que sean de importancia para las operaciones.
  • Ante la presencia de peligros para la navegación aérea (comprendidos los obstáculos, maniobras militares, exhibiciones y competiciones, actividades importantes de paracaidismo fuera de emplazamientos promulgados).

Las actividades para las que se tiene que pedir un NOTAM son:

  • Lanzamiento de paracaidistas.
  • Vuelos acrobáticos.
  • Vuelo de globos libres.
  • Exhibiciones aéreas.
  • Vueltas aéreas.
  • Competiciones aéreas.

 

Para solicitar la publicación de un NOTAM hay que presentar la solicitud, preferiblemente con al menos 1 mes de antelación a la realización de la actividad, en AESA rellenando un formato estándar de solicitud y presentándolo en AESA, ya sea a través de su sede electrónica o en el registro presencial. La Agencia comunicará a ENAIRE la actividad a realizar que será analizada por el COP de ENAIRE que evaluará la solicitud y enviará informe a AESA indicando las condiciones aplicables y las observaciones y/o limitaciones para realizar la actividad. 

AESA trasladará al Estado Mayor del Ejército del Aire el informe,  organismo que publica el NOTAM, y una vez analizado procederá a la publicación del NOTAM, y AESA notificará al solicitante la publicación del mismo, así como las condiciones Operativas que le sean de aplicación.

La normativa que rige la publicación de los NOTAM está recogida en el Real Decreto 57/2002, de 18 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea (RCA), en su libro octavo. Además, la Dirección General de Aviación Civil elaboró el 12 de febrero de 2004 el documento Actualización de Procedimientos para la Coordinación y Autorización Operativa de Actividades Aéreas en Espacios Aéreos Controlados, en el que se delimitaban las distintas actividades aéreas, tanto civiles como militares, y el órgano competente para la regulación y la tramitación y resolución de las solicitudes relativas a dichas actividades.

Descarga el Folleto Informativo “Tramitación de NOTAMs para la realización de actividades de Aviación General y Deportiva”